Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hervás. (BOP-2023-1858)
BOP-2023-1858 Bases y convocatoria para proveer una plaza de encargado/a de pabellón e instalaciones deportivas.
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y, en su caso, en el Tablón de Anuncios.
QUINTA. Admisión de Aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo
máximo un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as. En
dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica
de este Ayuntamiento www.hervas.es y, en el Tablón de Anuncios, se concederá un plazo de
diez días hábiles para la subsanación.
Transcurrido el plazo sin reclamaciones quedará aquélla elevada a definitiva.
Las alegaciones presentadas serán resultas en el plazo de 30 días desde la finalización del
plazo para presentación. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera dictado resolución
alguna, las alegaciones se entenderán desestimadas.
Vistas las alegaciones presentadas, por Resolución de Alcaldía se procederá a la aprobación
definitiva de la lista de admitidos/as y excluidos/as, que, igualmente será objeto de publicación
en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este Ayuntamiento
www.hervas.es y, en el Tablón de Anuncios. En esta misma publicación se hará constar el día,
hora y lugar en que habrá de realizarse el primer ejercicio de selección. El llamamiento para
posteriores ejercicios se hará mediante la publicación en la sede electrónica del Ayuntamiento
dirección:
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y, en el Tablón de Anuncios. En este supuesto, los anuncios de la celebración de las sucesivas
pruebas deberán hacerse públicos por el órgano de selección en los locales donde se haya
celebrado la prueba anterior y en la sede electrónica del Ayuntamiento dirección
https://www.hervás.es y, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, con doce horas, al
menos, de antelación al comienzo de este, si se trata del mismo ejercicio, o de setenta y dos
horas, si se trata de uno nuevo. Igualmente, en la misma resolución, se hará constar la
designación nominal del Tribunal.
SEXTA. Tribunal Calificador.
Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios
de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre
CVE:
BOP-2023-1858
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 29 de marzo de 2023
N.º 0061
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