Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2023-1822)
BOP-2023-1822 EXTRACTO. Bases que han de regir la Concesión de Subvenciones para Asociaciones de Mujer en la Ciudad de Cáceres para el año 2023.
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2. Carecer de ánimo de lucro y acreditar que sus fines y actividades sociales coinciden con la
finalidad de la convocatoria y el contenido del proyecto presentado.
3. Que cumplan los requisitos para obtener la condición de beneficiario/a previsto en el artículo
13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
4. Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones del
Ayuntamiento de Cáceres en los términos que reglamentariamente se determinen.
5. Que no hayan sido beneficiarias/os de otra subvención en régimen de concurrencia
competitiva o directa del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres o sus organismos autónomos, para
la misma finalidad, objetivos y/o personas beneficiarias, en la misma convocatoria o anualidad.
6. Que estando legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Entidades
Ciudadanas, pero no como Asociación de Mujer, acrediten legalmente tener un área de
intervención y un presupuesto destinado a actuaciones en materia de igualdad y presenten un
proyecto al Plan de Subvenciones dirigido a éstas.
7. No se subvencionará a aquellas federaciones cuyas asociaciones integrantes hayan
solicitado subvención a través de este Plan.
PROCEDIMIENTO CONCESIÓN Y CONVOCATORIA.
La presente convocatoria de ayudas es de carácter periódico, se tramitará conforme al
procedimiento de concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes
presentadas por las entidades, estableciendo un orden de prelación entre ellas de conformidad
con los criterios de valoración establecidos en la Base décima de la presente convocatoria.
SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN.
Para obtener la correspondiente subvención será necesario presentar la documentación que a
continuación se relaciona:
I. Solicitud que se ajustará al formato que figura en el ANEXO I firmada por el/a representante
Legal de la Entidad.
II. Autorización del/a solicitante para que el IMAS obtenga de forma directa la acreditación de
las circunstancias de estar al corriente en sus obligaciones tributarias con la Administración
General del Estado, con la Hacienda Local y con la Seguridad Social a través de certificados
telemáticos (ANEXO II). El/a solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento,
debiendo aportar entonces la certificación correspondiente.
CVE:
BOP-2023-1822
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 28 de marzo de 2023
N.º 0060
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