Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2023-1790)
BOP-2023-1790 Convenio de Adhesión Ayuntamiento Valdastillas.
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CONVENIO DE ADHESIÓN
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
3.- Para la válida celebración de las sesiones de la Junta General en primera convo-
catoria, será necesaria la asistencia de un tercio del número legal de los miembros
que la componen. En segunda convocatoria, treinta minutos después, bastará la
asistencia de la cuarta parte de sus miembros.
El quórum exigido en cada caso deberá mantenerse durante toda la sesión.
En todo caso, siempre será necesaria la asistencia del Presidente y Secretario del
Consorcio o de las personas que los sustituyan.
Artículo 20. Publicidad de las sesiones.
1.- Las sesiones de la Junta General serán públicas. No obstante, por razón del
asunto que se discuta o por las personas afectadas por el mismo, la Presidencia po-
drá declarar el secreto del asunto.
2.- La asistencia a las sesiones constituye un derecho y un deber de los miembros
del consorcio.
Artículo 21. Mayorías especiales.
Será necesario el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miem-
bros de la Junta General del consorcio para la adopción de los siguientes acuerdos:
a) Propuesta y aprobación de la modificación de estatutos.
b) Aprobación del Reglamento de régimen interno del servicio.
c) Disolución del consorcio.
Artículo 22. Orden del día.
1.- La convocatoria de las sesiones contendrá siempre el correspondiente orden del
día de los asuntos que se vayan a tratar.
2.- En las sesiones extraordinarias no podrán tratarse otros asuntos que los espe-
cíficamente señalados en el orden del día. En las sesiones ordinarias podrán decla-
rarse asuntos de urgencia, a propuesta de la Presidencia o a solicitud de cualquier
miembro del consorcio, previa la declaración de la urgencia por el órgano corres-
pondiente.
Artículo 23. Expedientes y antecedentes de las sesiones.
1.- A partir de la convocatoria, y bajo la custodia del Sr. Secretario o su Delegado/a,
se tendrán a disposición de los Vocales de los órganos colegiados del consorcio los
expedientes y antecedentes de los asuntos que hayan de ser tratados.
CVE:
BOP-2023-1790
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 27 de marzo de 2023
N.º 0059
Pág. 9183
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
3.- Para la válida celebración de las sesiones de la Junta General en primera convo-
catoria, será necesaria la asistencia de un tercio del número legal de los miembros
que la componen. En segunda convocatoria, treinta minutos después, bastará la
asistencia de la cuarta parte de sus miembros.
El quórum exigido en cada caso deberá mantenerse durante toda la sesión.
En todo caso, siempre será necesaria la asistencia del Presidente y Secretario del
Consorcio o de las personas que los sustituyan.
Artículo 20. Publicidad de las sesiones.
1.- Las sesiones de la Junta General serán públicas. No obstante, por razón del
asunto que se discuta o por las personas afectadas por el mismo, la Presidencia po-
drá declarar el secreto del asunto.
2.- La asistencia a las sesiones constituye un derecho y un deber de los miembros
del consorcio.
Artículo 21. Mayorías especiales.
Será necesario el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miem-
bros de la Junta General del consorcio para la adopción de los siguientes acuerdos:
a) Propuesta y aprobación de la modificación de estatutos.
b) Aprobación del Reglamento de régimen interno del servicio.
c) Disolución del consorcio.
Artículo 22. Orden del día.
1.- La convocatoria de las sesiones contendrá siempre el correspondiente orden del
día de los asuntos que se vayan a tratar.
2.- En las sesiones extraordinarias no podrán tratarse otros asuntos que los espe-
cíficamente señalados en el orden del día. En las sesiones ordinarias podrán decla-
rarse asuntos de urgencia, a propuesta de la Presidencia o a solicitud de cualquier
miembro del consorcio, previa la declaración de la urgencia por el órgano corres-
pondiente.
Artículo 23. Expedientes y antecedentes de las sesiones.
1.- A partir de la convocatoria, y bajo la custodia del Sr. Secretario o su Delegado/a,
se tendrán a disposición de los Vocales de los órganos colegiados del consorcio los
expedientes y antecedentes de los asuntos que hayan de ser tratados.
CVE:
BOP-2023-1790
Verificable
en:
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Lunes, 27 de marzo de 2023
N.º 0059
Pág. 9183