Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. (BOP-2023-1733)
BOP-2023-1733 Aprobación definitiva de la Ordenanza Municipal reguladora de la Administración Electrónica.
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BORRADOR DE ORDENANZA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA DEL
AYUNTAMIENTO DE MALPARTIDA DE CACERES
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Las tecnologías de la información y las comunicaciones están transformando
profundamente la manera en la que actualmente se desarrolla la actividad de las
Administraciones Públicas y en especial en lo relativo a sus relaciones con la
ciudadanía. La Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, de 1 de octubre, pone el camino hacia una Administración
moderna y plenamente integrada en la sociedad de la información. Propone un nuevo
paradigma en la relación de la ciudadanía con las Administraciones basando su
regulación sobre la base del derecho de la ciudadanía a utilizar los medios de
comunicación electrónica para relacionarse con la Administración, y de esta a disponer
los medios para hacer efectivo dicho derecho.
El eje central de esta disposición legal es el reconocimiento de un derecho general de la
ciudadanía a relacionarse por medios electrónicos con las Administraciones Públicas,
que a su vez deben adaptarse convenientemente para hacer efectivo el mismo con todas
las garantías que se exigen.
El Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres, reconociendo los profundos cambios que
están produciendo la incorporación de las tecnologías de la información y las
comunicaciones en la vida cotidiana de las personas y en aras al cumplimiento de los
objetivos y principios establecidos en la Ley 39/2015, como marco normativo actual,
considera necesario y adecuado un Reglamento que regule la Administración
Electrónica en el ámbito de este Ayuntamiento bajo los aspectos básicos recogidos en la
nueva legislación, sin perjuicio de que se continúe trabajando en este ámbito para poder
completar el régimen jurídico que compete a las Entidades Locales.
En base a esto se habilitan todos los elementos y servicios necesarios que van a permitir
a la ciudadanía relacionarse plenamente con este ayuntamiento por vía electrónica.
Por tanto, el Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres en ejercicio de su potestad auto-
organizativa, dicta esta Ordenanza con el fin de regular, en su ámbito de actuación, los
aspectos fundamentales del funcionamiento de la Administración Electrónica
CAPÍTULO 1. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
Plaza Mayor, núm. 30 Teléfono 927275003 – Fax 927276174
10910 MALPARTIDA DE CÁCERES (CÁCERES)
alcaldía@malpartidadecaceres.es – administracion@malpartidadecaceres.es – ayuntamiento@malpartidadecaceres.es
www.malpartidadecaceres.es
Cód.
Validación:
4HFENTQDWR5XS7WPS34SY3JYX
Verificación:
https://malpartidadecaceres.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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CVE:
BOP-2023-1733
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 24 de marzo de 2023
N.º 0058
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