Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. (BOP-2023-1733)
BOP-2023-1733 Aprobación definitiva de la Ordenanza Municipal reguladora de la Administración Electrónica.
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DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA. Ventanilla única de la Directiva de Servicios
El Ayuntamiento garantizará, dentro del ámbito de sus competencias, que los
prestadores de servicios puedan obtener la información y formularios necesarios para el
acceso a una actividad y su ejercicio a través de la Ventanilla Única de la Directiva de
Servicios (www.eugo.es), así como conocer las resoluciones y resto de comunicaciones
de las autoridades competentes en relación con sus solicitudes. Con ese objeto, el
Ayuntamiento impulsará la coordinación para la normalización de los formularios
necesarios para el acceso a una actividad y su ejercicio.
DISPOSICIÓN ADICIONAL SEXTA. Habilitación de desarrollo
Se habilita a la Alcaldía Presidencia para que adopte las medidas organizativas
necesarias que permitan el desarrollo de las previsiones de la presente Ordenanza y
pueda modificar los aspectos técnicos que sean convenientes por motivos de
normalización, interoperabilidad o, en general, adaptación al desarrollo tecnológico.
DISPOSICIÓN ADICIONAL SÉPTIMA. Aplicación de las previsiones contenidas en
esta Ordenanza
Las previsiones contenidas en esta Ordenanza serán de aplicación teniendo en cuenta el
estado de desarrollo de las herramientas tecnológicas del Ayuntamiento, que procurará
adecuar sus aplicaciones a las soluciones disponibles en cada momento, sin perjuicio de
los períodos de adaptación que sean necesarios. Cuando las mismas estén disponibles,
se publicará tal circunstancia en la sede electrónica.
DISPOSICIÓN FINAL. Entrada en vigor
La presente Ordenanza, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, y no entrará
en vigor hasta que se haya publicado completamente su texto y haya transcurrido el
plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación
expresa”.
Contra el presente Acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo,
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Extremadura en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación
Plaza Mayor, núm. 30 Teléfono 927275003 – Fax 927276174
10910 MALPARTIDA DE CÁCERES (CÁCERES)
alcaldía@malpartidadecaceres.es – administracion@malpartidadecaceres.es – ayuntamiento@malpartidadecaceres.es
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Cód.
Validación:
4HFENTQDWR5XS7WPS34SY3JYX
Verificación:
https://malpartidadecaceres.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
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esPublico
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Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 24 de marzo de 2023
N.º 0058
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