Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral Sierra de Montánchez. (BOP-2023-1717)
BOP-2023-1717 Convocatoria de selección de personal.
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Presentada la documentación exigida, se procederá a la formalización del correspondiente
contrato de trabajo y la incorporación al puesto.
Deberá informarse a la representación legal de los/as trabajadores/as, mediante entrega de
una copia básica de los contratos celebrados.
Los procesos de estabilización de empleo temporal que convoque la Mancomunidad Integral
Sierra de Montánchez regulados en la Ley 20/2021, no generarán bolsas de trabajo temporal.
No obstante lo anterior, si los/as aspirantes que desempeñan los puestos correspondientes a
las plazas convocadas no superaran el proceso de selección, se integrarán en bolsas de
trabajo de la misma categoría que la Mancomunidad creará a estos efectos.
OCTAVO. INCOMPATIBILIDADES.
Los/las aspirantes propuestos para su contratación quedarán sujetos, en su caso, al
cumplimiento de las prescripciones contenidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre
Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y demás
normativa aplicable.
NOVENA. INCIDENCIAS Y RECURSOS.
El Tribunal queda facultado para resolver cualquier duda o incidencia y para aclarar algún
aspecto de esta convocatoria, siempre dentro de su literalidad y dentro de las previsiones
legales.
Contra estas bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por las personas
interesadas recurso de reposición previo al contencioso-administrativo en el plazo de un mes
ante la Presidencia de la Mancomunidad , o bien recurso contencioso- administrativo en el
plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente o, a su
elección, el que corresponda a su domicilio, a partir del día siguiente al de publicación del
anuncio correspondiente en el Boletín Oficial de la Provincia (artículo 46 de la Ley 29/1998, de
13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
En lo no previsto en las bases, será de aplicación la Ley 20/2021 de medidas urgentes para la
reducción de la temporalidad en el empleo público; el texto refundido de la Ley del Estatuto
Básico de/al Empleado/a Público/a aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; el Texto
Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por
Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; y el Reglamento General de Ingreso del
Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de
Trabajo y Promoción Profesional de los/as Funcionarios/as Civiles de la Administración General
del Estado aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, con carácter supletorio.
CVE:
BOP-2023-1717
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 23 de marzo de 2023
N.º 0057
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