Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral Sierra de Montánchez. (BOP-2023-1717)
BOP-2023-1717 Convocatoria de selección de personal.
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Tribunal de Selección y al/a interesado/a. En el certificado se especificará la categoría
o categorías en las que se han prestado los servicios.
Los servicios prestados en otras Administraciones Públicas se acreditarán mediante
certificación expedida por el responsable de la unidad administrativa en la que hubiera
prestado los servicios, en la cual deberá constar la siguiente información:
- Denominación del puesto de trabajo y titulación requerida para el acceso al puesto.
- Tipo de vínculo (fijo, temporal, indefinido no fijo de plantilla).
- Régimen jurídico de vinculación (laboral, funcionario, estatutario).
- Fecha de inicio y de fin de cada uno de los períodos de servicios prestados.
- Total de días de servicios prestados y régimen de jornada.
Dicha certificación deberá ir acompañada de informe de vida laboral expedido por la
Tesorería General de la Seguridad Social como documento complementario de
acreditación, sin que por sí sola sirva para valorar los méritos aducidos.
El cómputo de los servicios prestados se efectuará por meses. Para ello se calculará el
número de días de cada período de servicios prestados y se sumarán todos, para hallar
el número total de días; este resultado se dividirá entre 30.
Los servicios prestados durante el período en el que se disfrute de una reducción de
jornada por alguna de las causas legalmente previstas, serán valorados como servicios
prestados en régimen de jornada completa.
Los períodos de permiso sin sueldo, así como la permanencia en situación de servicios
especiales se valorarán como tiempo de servicios efectivamente prestados en la
categoría a los efectos de este baremo.
B. OTROS MÉRITOS (20 PUNTOS MÁXIMO).
B.1. Formación.
Se valorarán los cursos o acciones formativas, recibidos o impartidos, cuyo contenido
esté directamente relacionado con las funciones propias de la categoría profesional a la
que se opta. Asimismo, se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos,
con contenidos transversales y complementarios que contribuyan al desarrollo
personal y profesional de los empleados públicos.
Sólo se valorará, ya sea por asistir o por impartir, una única edición del curso o acción
formativa cuando sean varias coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su
contenido.
La formación se acreditará mediante diplomas o certificados originales o copia de los
mismos en horas y/o créditos. No obstante, cuando la duración de las actividades
formativas venga determinada en días, el Tribunal valorará 5 horas por día, de acuerdo
con criterios de proporcionalidad y siempre que se acrediten claramente los días
concretos de celebración del curso. En caso de que en las acreditaciones de las
CVE:
BOP-2023-1717
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 23 de marzo de 2023
N.º 0057
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Tribunal de Selección y al/a interesado/a. En el certificado se especificará la categoría
o categorías en las que se han prestado los servicios.
Los servicios prestados en otras Administraciones Públicas se acreditarán mediante
certificación expedida por el responsable de la unidad administrativa en la que hubiera
prestado los servicios, en la cual deberá constar la siguiente información:
- Denominación del puesto de trabajo y titulación requerida para el acceso al puesto.
- Tipo de vínculo (fijo, temporal, indefinido no fijo de plantilla).
- Régimen jurídico de vinculación (laboral, funcionario, estatutario).
- Fecha de inicio y de fin de cada uno de los períodos de servicios prestados.
- Total de días de servicios prestados y régimen de jornada.
Dicha certificación deberá ir acompañada de informe de vida laboral expedido por la
Tesorería General de la Seguridad Social como documento complementario de
acreditación, sin que por sí sola sirva para valorar los méritos aducidos.
El cómputo de los servicios prestados se efectuará por meses. Para ello se calculará el
número de días de cada período de servicios prestados y se sumarán todos, para hallar
el número total de días; este resultado se dividirá entre 30.
Los servicios prestados durante el período en el que se disfrute de una reducción de
jornada por alguna de las causas legalmente previstas, serán valorados como servicios
prestados en régimen de jornada completa.
Los períodos de permiso sin sueldo, así como la permanencia en situación de servicios
especiales se valorarán como tiempo de servicios efectivamente prestados en la
categoría a los efectos de este baremo.
B. OTROS MÉRITOS (20 PUNTOS MÁXIMO).
B.1. Formación.
Se valorarán los cursos o acciones formativas, recibidos o impartidos, cuyo contenido
esté directamente relacionado con las funciones propias de la categoría profesional a la
que se opta. Asimismo, se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos,
con contenidos transversales y complementarios que contribuyan al desarrollo
personal y profesional de los empleados públicos.
Sólo se valorará, ya sea por asistir o por impartir, una única edición del curso o acción
formativa cuando sean varias coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su
contenido.
La formación se acreditará mediante diplomas o certificados originales o copia de los
mismos en horas y/o créditos. No obstante, cuando la duración de las actividades
formativas venga determinada en días, el Tribunal valorará 5 horas por día, de acuerdo
con criterios de proporcionalidad y siempre que se acrediten claramente los días
concretos de celebración del curso. En caso de que en las acreditaciones de las
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Verificable
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Jueves, 23 de marzo de 2023
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