Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral Sierra de Montánchez. (BOP-2023-1717)
BOP-2023-1717 Convocatoria de selección de personal.
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diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al Servicio de las
Administraciones Públicas, y demás normativa aplicable.
NOVENA. INCIDENCIAS Y RECURSOS.
El Tribunal queda facultado para resolver cualquier duda o incidencia y para
aclarar algún aspecto de esta convocatoria, siempre dentro de su literalidad y
dentro de las previsiones legales.
Contra estas bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por las
personas interesadas recurso de reposición previo al contencioso-administrativo
en el plazo de un mes ante la Presidencia de la Mancomunidad, o bien recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo competente o, a su elección, el que corresponda a su
domicilio, a partir del día siguiente al de publicación del anuncio correspondiente
en el Boletín Oficial de la Provincia (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
En lo no previsto en las bases, será de aplicación la Ley 20/2021 de medidas
urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público; el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico de/al Empleado/a Público/a aprobado por
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local; el Texto Refundido de las
disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por Real
Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; y el Reglamento General de Ingreso
del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los/as Funcionarios/as Civiles de la
Administración General del Estado aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo, con carácter supletorio.
CVE:
BOP-2023-1717
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 23 de marzo de 2023
N.º 0057
Pág. 8767
diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al Servicio de las
Administraciones Públicas, y demás normativa aplicable.
NOVENA. INCIDENCIAS Y RECURSOS.
El Tribunal queda facultado para resolver cualquier duda o incidencia y para
aclarar algún aspecto de esta convocatoria, siempre dentro de su literalidad y
dentro de las previsiones legales.
Contra estas bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por las
personas interesadas recurso de reposición previo al contencioso-administrativo
en el plazo de un mes ante la Presidencia de la Mancomunidad, o bien recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo competente o, a su elección, el que corresponda a su
domicilio, a partir del día siguiente al de publicación del anuncio correspondiente
en el Boletín Oficial de la Provincia (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
En lo no previsto en las bases, será de aplicación la Ley 20/2021 de medidas
urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público; el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico de/al Empleado/a Público/a aprobado por
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local; el Texto Refundido de las
disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por Real
Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; y el Reglamento General de Ingreso
del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los/as Funcionarios/as Civiles de la
Administración General del Estado aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo, con carácter supletorio.
CVE:
BOP-2023-1717
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 23 de marzo de 2023
N.º 0057
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