Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cuacos de Yuste. (BOP-2023-1630)
BOP-2023-1630 Revocación, cese y nombramiento Segundo/a Teniente de Alcalde.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Cuacos de Yuste
ANUNCIO. Revocación, cese y nombramiento Segundo/a Teniente de Alcalde.
Por medio de la presente, se da conocimiento de Resolución de esta Alcaldía de fecha 17 de
marzo de 2023, relativa a la reestructuración de la Junta de Gobierno Local, de los/as
Tenientes de Alcalde, y de las Áreas y Concejalías delegadas de este Ayuntamiento de Cuacos
de Yuste, con el siguiente contenido, y lo que se hace público en cumplimiento de lo
establecido en los artículos 43 a 46 y 52 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por
el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las
Entidades Locales -ROF-:
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N.º 2023-0024 de fecha 17/03/23.
En el ejercicio de las atribuciones que me confieren los artículos 124.4 e) de la Ley 74/1985 de
abril Reguladora de las Bases de Régimen Local y el artículo 46 del Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por
Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre y, motivado pérdida de confianza en el Sr.
Concejal de esta Corporación D. Luís Miguel Corral Alegre, por el presente Dispongo, cesar a
D. Luís Miguel Corral Alegre como Segundo Teniente de Alcalde revocando todas las
competencias delegadas en él y avocándolas a esta Alcaldía.
Designar como Segundo Teniente de Alcalde de esta Corporación al Concejal D. David Garrido
García.
Este Decreto entrará en vigor el mismo día de la fecha. Se notificará personalmente a los
interesados y se publicará en el Boletín Oficial de Cáceres. Igualmente se guardará esta
Resolución en el Libro de Resoluciones de Alcaldía y de la mismo se dará cuenta al Pleno de
en la primera sesión que se celebre.
Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso
potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien,
recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo
Contencioso Administrativo de Cáceres, sin perjuicio de interponer los recursos que procedan
CVE:
BOP-2023-1630
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 21 de marzo de 2023
N.º 0055
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