Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-1522)
BOP-2023-1522 Convocatoria para la provisión de una plaza de Técnico/a en Comunicación e Imagen. Concurso oposición por promoción interna.
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Master 0,30
DEA 0,30
No se valorarán los títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel superior.
A efectos de equivalencia de titulación, sólo se admitirán las establecidas por el Ministerio que
tenga las competencias correspondientes.
Se valorarán aquellas titulaciones que hayan sido aprobadas mediante acuerdo de Consejo de
Ministros publicada en el Boletín Oficial del Estado e inscrita en el Registro de Universidades,
Centros y Títulos (RUCT), o bien en el Sistema Nacional de Cualificaciones y de Formación
Profesional (SNCFP), según corresponda a las plazas convocadas.
Se acreditarán mediante su certificado de correspondencia.
B. Servicios Prestados: Máximo 2,4 puntos.
Por servicios prestados en las Administraciones Públicas, en calidad de funcionario de carrera o
interino, o contratado laboral fijo, indefinido o temporal, en el cuerpo, escala y subescala o categoría
profesional desde la que se opta a la promoción interna: Se asignará una puntuación de 0,020
por mes hasta un máximo de 2,40.
Se entenderá por Administración Pública lo dispuesto en el artículo 2.3 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En cuanto a la acreditación de estos servicios, los prestados en la Diputación Provincial de
Cáceres y sus Organismos Autónomos se certificarán de oficio por esta Administración Provincial.
Los servicios prestados en cualquier otra Administración Pública se acreditarán mediante
certificación emitida por la unidad administrativa en la que hubiera prestados sus servicios, en la
cual deberá constar la siguiente información:
- Puesto y funciones realizadas.
- Tipo de vínculo (fijo, temporal, indefinido no fijo de plantilla, formación).
- Régimen jurídico de vinculación (laboral, funcionario, estatutario).
- Fecha de inicio y de fin de cada una de las vinculaciones.
- Total de días de vinculación y régimen de jornada (completa, tiempo parcial).
C. Formación: Máximo de 1,2 puntos.
-C-1.- Cuestiones comunes a la valoración de esta fase del concurso.
Se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, cuyo contenido, a juicio del Tribunal,
esté directamente relacionado con las funciones propias del cuerpo, escala y subescala o categoría
profesional a la que se opta que hayan sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto
Nacional de Administración Pública, por otros Institutos de Administración pública o por
organizaciones sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación
para el empleo de las Administraciones Públicas (IV Acuerdo de Formación Continua en las
Administraciones Públicas), Universidades y colegios profesionales.
CVE:
BOP-2023-1522
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 15 de marzo de 2023
N.º 0051
Pág. 7854
DEA 0,30
No se valorarán los títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel superior.
A efectos de equivalencia de titulación, sólo se admitirán las establecidas por el Ministerio que
tenga las competencias correspondientes.
Se valorarán aquellas titulaciones que hayan sido aprobadas mediante acuerdo de Consejo de
Ministros publicada en el Boletín Oficial del Estado e inscrita en el Registro de Universidades,
Centros y Títulos (RUCT), o bien en el Sistema Nacional de Cualificaciones y de Formación
Profesional (SNCFP), según corresponda a las plazas convocadas.
Se acreditarán mediante su certificado de correspondencia.
B. Servicios Prestados: Máximo 2,4 puntos.
Por servicios prestados en las Administraciones Públicas, en calidad de funcionario de carrera o
interino, o contratado laboral fijo, indefinido o temporal, en el cuerpo, escala y subescala o categoría
profesional desde la que se opta a la promoción interna: Se asignará una puntuación de 0,020
por mes hasta un máximo de 2,40.
Se entenderá por Administración Pública lo dispuesto en el artículo 2.3 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En cuanto a la acreditación de estos servicios, los prestados en la Diputación Provincial de
Cáceres y sus Organismos Autónomos se certificarán de oficio por esta Administración Provincial.
Los servicios prestados en cualquier otra Administración Pública se acreditarán mediante
certificación emitida por la unidad administrativa en la que hubiera prestados sus servicios, en la
cual deberá constar la siguiente información:
- Puesto y funciones realizadas.
- Tipo de vínculo (fijo, temporal, indefinido no fijo de plantilla, formación).
- Régimen jurídico de vinculación (laboral, funcionario, estatutario).
- Fecha de inicio y de fin de cada una de las vinculaciones.
- Total de días de vinculación y régimen de jornada (completa, tiempo parcial).
C. Formación: Máximo de 1,2 puntos.
-C-1.- Cuestiones comunes a la valoración de esta fase del concurso.
Se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, cuyo contenido, a juicio del Tribunal,
esté directamente relacionado con las funciones propias del cuerpo, escala y subescala o categoría
profesional a la que se opta que hayan sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto
Nacional de Administración Pública, por otros Institutos de Administración pública o por
organizaciones sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación
para el empleo de las Administraciones Públicas (IV Acuerdo de Formación Continua en las
Administraciones Públicas), Universidades y colegios profesionales.
CVE:
BOP-2023-1522
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 15 de marzo de 2023
N.º 0051
Pág. 7854