Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2023-1513)
BOP-2023-1513 Bases del concurso para la adscripción de funciones del servicio Viogen en un puesto de Agente de Policía Local del Excmo.
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pudiesen corresponder mediante los procedimientos legales oportunos y con la aprobación de
pleno específica en la Relación de Puestos de Trabajo,
Será requisito indispensable realizar el Curso de Formación del Programa Viogen del Ministerio
del Interior en la Comisaría Local del Cuerpo Nacional de Policía. Dado que el participante
ostentará la condición de funcionario público, estará exento de justificar documentalmente las
condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento.
DÉCIMO SEGUNDA.- INCIDENCIAS.
Contra estas bases, su convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de las mismas
y de las actuaciones de la Comisión, se podrán interponer impugnaciones por las personas
interesadas en los casos y en la forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer
Recurso de Reposición, en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-
administrativo, que será de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de
las bases en el B.O.P. de Cáceres (artículo 46 de la ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la jurisdicción contencioso-administrativa).
La Comisión queda facultada para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar
resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del proceso en aquellos
aspectos no previstos en estas bases, siendo en todo caso aplicable, para lo no previsto en la
presente convocatoria: la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen
Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto
refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; Ley 13/2015, de
8 de abril, de la Función Pública de Extremadura; Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación
de Policías Locales de Extremadura y el Decreto 218/2009, de 9 de octubre, de la Consejería
de Administración Pública y Hacienda, por el que se aprueban las Normas Marco de los
Policías Locales de Extremadura; y demás normas concordantes de aplicación.
DÉCIMO TERCERA.- PROTECCION DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.
Por el solo hecho de su participación en el presente proceso selectivo, se presta el
consentimiento para que los datos de carácter personal facilitados por ellos sean incorporados
en los ficheros automatizados del Negociado de Personal, cuya finalidad es la de ser utilizados
para la gestión del personal en todos sus aspectos: formación, selección y promoción interna,
retribuciones, estadísticas relativas al mismo, prevención de riesgos laborales,
incompatibilidades y otros extremos. El Excmo. Ayuntamiento de Plasencia, como responsable
CVE:
BOP-2023-1513
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 14 de marzo de 2023
N.º 0050
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pleno específica en la Relación de Puestos de Trabajo,
Será requisito indispensable realizar el Curso de Formación del Programa Viogen del Ministerio
del Interior en la Comisaría Local del Cuerpo Nacional de Policía. Dado que el participante
ostentará la condición de funcionario público, estará exento de justificar documentalmente las
condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento.
DÉCIMO SEGUNDA.- INCIDENCIAS.
Contra estas bases, su convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de las mismas
y de las actuaciones de la Comisión, se podrán interponer impugnaciones por las personas
interesadas en los casos y en la forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer
Recurso de Reposición, en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-
administrativo, que será de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de
las bases en el B.O.P. de Cáceres (artículo 46 de la ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la jurisdicción contencioso-administrativa).
La Comisión queda facultada para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar
resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del proceso en aquellos
aspectos no previstos en estas bases, siendo en todo caso aplicable, para lo no previsto en la
presente convocatoria: la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen
Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto
refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; Ley 13/2015, de
8 de abril, de la Función Pública de Extremadura; Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación
de Policías Locales de Extremadura y el Decreto 218/2009, de 9 de octubre, de la Consejería
de Administración Pública y Hacienda, por el que se aprueban las Normas Marco de los
Policías Locales de Extremadura; y demás normas concordantes de aplicación.
DÉCIMO TERCERA.- PROTECCION DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.
Por el solo hecho de su participación en el presente proceso selectivo, se presta el
consentimiento para que los datos de carácter personal facilitados por ellos sean incorporados
en los ficheros automatizados del Negociado de Personal, cuya finalidad es la de ser utilizados
para la gestión del personal en todos sus aspectos: formación, selección y promoción interna,
retribuciones, estadísticas relativas al mismo, prevención de riesgos laborales,
incompatibilidades y otros extremos. El Excmo. Ayuntamiento de Plasencia, como responsable
CVE:
BOP-2023-1513
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 14 de marzo de 2023
N.º 0050
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