Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2023-1431)
BOP-2023-1431 EXTRACTO. Bases Reguladoras de la Convocatoria de Ayudas económicas para garantizar a los/as ciudadanos/as de Alcuéscar el derecho de acceso de Suministros Mínimos Vitales para el año 2023.
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Municipal Reguladora de Prestaciones de Ayudas de Emergencia Social, aprobada por el
Pleno de la Corporación , PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES, por lo previsto en el
artículo 46 de la Ley 3/2019, de 22 de enero, de garantía de la autonomía municipal de
Extremadura (LGAMEX en lo sucesivo) y la distribución del crédito del mismo, de conformidad
con el acuerdo del Consejo de Política Local de fecha 28 de diciembre de 2022, con cargo al
programa de colaboración Económica Municipal para Suministros Mínimos Vitales, en base a la
RESOLUCIÓN de 16 de febrero de 2023, del Vicepresidente Segundo y Consejero, por la que
se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de 1 de febrero de
2023, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se aprueba el Programa
de Colaboración Económica Municipal para suministros de mínimos vitales para el 2023, así
como en las bases reguladoras aprobadas y en las restantes normas de derecho administrativo
que en su caso sean aplicables, y en su defecto, las normas de derecho privado.
Visto que por Acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 26
Marzo de 2021, se aprobó la Ordenanza Municipal Reguladora de Prestaciones de Ayudas de
Emergencia Social.
La presente Ordenanza tiene por objeto la regulación del procedimiento de concesión de las
Ayudas de Emergencia Social en el Municipio de Alcuéscar. Con estas Ayudas de Emergencia
Social se pretende apoyar a aquellas personas y familias que carecen de recursos económicos
para afrontar necesidades básicas con relación a la alimentación, alojamiento, vestido,
educación y formación, atención sanitaria no cubiertas por los diferentes sistemas públicos. Así
como evitar las consecuencias físicas, psíquicas y sociales que la carencia de recursos
económicas suficientes provoca y que afectan al normal desenvolvimiento de las personas en
sociedad.
Por el Pleno del Ayuntamiento de Alcuéscar en sesión celebrada el día 24 de Junio de 2022
procedió a la aprobación del PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DEL
AYUNTAMIENTO DE ALCUÉSCAR.
En dicho Plan se establece:
El Plan Estratégico de Subvenciones es un instrumento en el que confluyen:
1) La materialización de los principios que regulan la concesión de las subvenciones y su
justificación.
2) La planificación de la política en la materia de fomento de actividades de utilidad pública o
interés social o de promoción de una finalidad pública de un determinado departamento.
3) Y las medidas de control de las subvenciones, que permitan con su evaluación una mejora
de las futuras subvenciones mediante las correcciones oportunas que se consideren, por
cuanto todo plan debe recoger el seguimiento y control de la actividad subvencional.
CVE:
BOP-2023-1431
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 10 de marzo de 2023
N.º 0048
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