Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. (BOP-2023-1408)
BOP-2023-1408 Convocatoria para la provisión temporal de puesto de trabajo mediante comisión de servicios, Agente de la Policía Local.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Plaza Mayor, núm. 30 Teléfono 927275003 – Fax 927276174
10910 MALPARTIDA DE CÁCERES (CÁCERES)
alcaldía@malpartidadecaceres.es – administracion@malpartidadecaceres.es – ayuntamiento@malpartidadecaceres.es
www.malpartidadecaceres.es
Cargo Identidad
Presidente D. Alberto Moreno Díaz, Oficial Jefe de la Policía
Local de Malpartida de Cáceres
Suplente Dª Carmen Ferrero González, Técnico Informática
del Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres
Secretario D. Felipe Sanguino Rodríguez, Administrativo del
Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres
Vocal D. Juan Antonio Morato Bonito, Oficial Jefe de la
Policía Local de Valencia de Alcántara
Suplente D. Juan Francisco Calderón Ripado, Agente de la
Policía Local de Valencia de Alcántara
Vocal D. Carlos Antonio Mateos Navarro, Agente de la
Policía Local del Ayuntamiento de Malpartida de
Cáceres
Suplente D. José Manuel Velo Robledo, Agente de la Policía
Local del Ayuntamiento de Valencia de Alcántara
Vocal D. Francisco Javier Martín Durán, Agente de la
Policía Local del Ayuntamiento de Plasencia
Suplente Dª. María Blanca Granado Agúndez, Administrativa
del Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres
La composición del Tribunal será paritaria entre hombres y mujeres. Todos vocales
de los tribunales que tengan la condición de policía local de Extremadura deberán
disponer, como funcionarias y funcionarios de carrera, del mismo o superior grupo de
titulación y categoría profesional que la convocada.
Podrán disponer la incorporación a sus trabajos de personal asesor especialista, para
todas o algunas de las pruebas. Dicho personal asesor se limitará a la colaboración que, en
función de sus especialidades técnicas, les solicite el Tribunal, por lo que actuarán con voz,
pero sin voto.
Las Comisiones valorarán los distintos aspectos que determinen la idoneidad para
desempeñar las funciones propias de la plaza a cubrir temporalmente.
La abstención y recusación de los miembros de la Comisión de Valoración será de
conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
SEXTA. Selección del aspirante idóneo mediante entrevista personal
La selección se realizará mediante la realización de una entrevista personal a cada
uno de los aspirantes admitidos de acuerdo al criterio de mayor idoneidad,
discrecionalmente apreciada, considerando los currículums aportados, valorando la
experiencia y formación específica, así como en las aptitudes puestas de manifiesto en la
celebración de la entrevista.
Cód.
Validación:
ALP2RX5TTHTJ96ZP6ZQMF9A3E
Verificación:
https://malpartidadecaceres.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
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Presidente D. Alberto Moreno Díaz, Oficial Jefe de la Policía
Local de Malpartida de Cáceres
Suplente Dª Carmen Ferrero González, Técnico Informática
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Secretario D. Felipe Sanguino Rodríguez, Administrativo del
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Vocal D. Juan Antonio Morato Bonito, Oficial Jefe de la
Policía Local de Valencia de Alcántara
Suplente D. Juan Francisco Calderón Ripado, Agente de la
Policía Local de Valencia de Alcántara
Vocal D. Carlos Antonio Mateos Navarro, Agente de la
Policía Local del Ayuntamiento de Malpartida de
Cáceres
Suplente D. José Manuel Velo Robledo, Agente de la Policía
Local del Ayuntamiento de Valencia de Alcántara
Vocal D. Francisco Javier Martín Durán, Agente de la
Policía Local del Ayuntamiento de Plasencia
Suplente Dª. María Blanca Granado Agúndez, Administrativa
del Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres
La composición del Tribunal será paritaria entre hombres y mujeres. Todos vocales
de los tribunales que tengan la condición de policía local de Extremadura deberán
disponer, como funcionarias y funcionarios de carrera, del mismo o superior grupo de
titulación y categoría profesional que la convocada.
Podrán disponer la incorporación a sus trabajos de personal asesor especialista, para
todas o algunas de las pruebas. Dicho personal asesor se limitará a la colaboración que, en
función de sus especialidades técnicas, les solicite el Tribunal, por lo que actuarán con voz,
pero sin voto.
Las Comisiones valorarán los distintos aspectos que determinen la idoneidad para
desempeñar las funciones propias de la plaza a cubrir temporalmente.
La abstención y recusación de los miembros de la Comisión de Valoración será de
conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
SEXTA. Selección del aspirante idóneo mediante entrevista personal
La selección se realizará mediante la realización de una entrevista personal a cada
uno de los aspirantes admitidos de acuerdo al criterio de mayor idoneidad,
discrecionalmente apreciada, considerando los currículums aportados, valorando la
experiencia y formación específica, así como en las aptitudes puestas de manifiesto en la
celebración de la entrevista.
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