Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-1383)
BOP-2023-1383 Convocatoria para la provisión mediante concurso-oposición libre de dos plazas de Especialista Agrícola. Proceso de consolidación de empleo temporal.
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DEPARTAMENTO DE PROMOCIÓN Y SELECCION
DE PERSONAL
Centros y Títulos (RUCT). Se acreditarán mediante su certificado de correspondencia. O bien en el
Sistema Nacional de Cualificaciones y de Formación Profesional (SNCFP), o en el Registro de
Títulos no Universitarios del Ministerio que ostente las competencias en educación, según
corresponda a las plazas convocadas.
B.3. Conocimiento de idiomas comunitarios: Máximo 0,50 puntos.
Acreditado mediante certificado oficial expedido por la Escuela Oficial de Idiomas, el
Instituto de Lenguas Modernas u otro organismo oficial reconocido, de acuerdo con el siguiente
baremo:
0.1.Nivel B1: 0,30 puntos.
0.2.Nivel B2: 0,35 puntos.
0.3.Nivel C1: 0,45 puntos.
0.4.Nivel C2: 0,50 puntos.
OCTAVA.- Calificación del proceso selectivo.
8.1. Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad
jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá difundir, con
anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección, valoración y superación de la
misma, que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
En aquellos ejercicios que sean de carácter eliminatorio, serán excluidos aquellos
aspirantes que no alcancen una puntuación mínima de cincuenta por ciento de la máxima
alcanzable en cada uno de ellos.
En las actas del órgano calificador, deberá quedar constancia del desglose de las
puntuaciones otorgadas y el cálculo de las mismas.
8.2. Los criterios de calificación del ejercicio serán los siguientes:
Los criterios de calificación en los procesos selectivos que se convoquen para
consolidación de empleo temporal según la Disposición Transitoria Cuarta del TREBEP se
determinaran en cada convocatoria.
El ejercicio será calificado por cada miembro del Tribunal, de manera que la suma de las
calificaciones se dividirá entre el número de los que las hubieran otorgado, siendo el cociente la
calificación definitiva.
CVE:
BOP-2023-1383
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 9 de marzo de 2023
N.º 0047
Pág. 7310
DE PERSONAL
Centros y Títulos (RUCT). Se acreditarán mediante su certificado de correspondencia. O bien en el
Sistema Nacional de Cualificaciones y de Formación Profesional (SNCFP), o en el Registro de
Títulos no Universitarios del Ministerio que ostente las competencias en educación, según
corresponda a las plazas convocadas.
B.3. Conocimiento de idiomas comunitarios: Máximo 0,50 puntos.
Acreditado mediante certificado oficial expedido por la Escuela Oficial de Idiomas, el
Instituto de Lenguas Modernas u otro organismo oficial reconocido, de acuerdo con el siguiente
baremo:
0.1.Nivel B1: 0,30 puntos.
0.2.Nivel B2: 0,35 puntos.
0.3.Nivel C1: 0,45 puntos.
0.4.Nivel C2: 0,50 puntos.
OCTAVA.- Calificación del proceso selectivo.
8.1. Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad
jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá difundir, con
anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección, valoración y superación de la
misma, que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
En aquellos ejercicios que sean de carácter eliminatorio, serán excluidos aquellos
aspirantes que no alcancen una puntuación mínima de cincuenta por ciento de la máxima
alcanzable en cada uno de ellos.
En las actas del órgano calificador, deberá quedar constancia del desglose de las
puntuaciones otorgadas y el cálculo de las mismas.
8.2. Los criterios de calificación del ejercicio serán los siguientes:
Los criterios de calificación en los procesos selectivos que se convoquen para
consolidación de empleo temporal según la Disposición Transitoria Cuarta del TREBEP se
determinaran en cada convocatoria.
El ejercicio será calificado por cada miembro del Tribunal, de manera que la suma de las
calificaciones se dividirá entre el número de los que las hubieran otorgado, siendo el cociente la
calificación definitiva.
CVE:
BOP-2023-1383
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 9 de marzo de 2023
N.º 0047
Pág. 7310