Sección I - Administración Local. Provincia. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de Cáceres. (BOP-2023-1344)
BOP-2023-1344 Convenio de delegación de gestión tributaria y recaudatoria con el Ayuntamiento de Casas de Millán.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Sección I - Administración Local
Provincia
Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de Cáceres
EDICTO. Convenio de delegación de gestión tributaria y recaudatoria con el
Ayuntamiento de Casas de Millán.
CONVENIO ENTRE EL ORGANISMO AUTÓNOMO DE RECAUDACIÓN Y GESTIÓN
TRIBUTARIA Y EL AYUNTAMIENTO DE CASAS DE MILLÁN PARA LA DELEGACIÓN DE LA
GESTIÓN Y RECAUDACIÓN DE LOS TRIBUTOS LOCALES.
En la ciudad de Cáceres a 2 de febrero de 2023.
REUNIDOS
De una parte el Sr. D. CARLOS CARLOS RODRÍGUEZ, Presidente del Organismo Autónomo
de Recaudación y Gestión Tributaria de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, con CIF
n.º P6000001E, en nombre del mismo y asistido por el Secretario del Organismo, Sr. D.
MARTÍN MORGADO PANADERO y de conformidad con el acuerdo adoptado por el Pleno de
la Excma. Diputación Provincial en su sesión de fecha 22 de diciembre de 2022.
Y de otra parte, el Sr. D. MARIO CERRO FERNÁNDEZ, Alcalde-Presidente del Excmo.
Ayuntamiento de CASAS DE MILLÁN, con CIF n.º P1005700H y asistido por la Secretaria
municipal Sra. Dña. MARÍA LOURDES TORDABLE GILA y de conformidad con el acuerdo
adoptado por el Pleno de la Corporación en sesión extraordinaria de fecha 3 de noviembre de
2022.
EXPONEN
I
Que el Ayuntamiento, como titular de las potestades tributarias, financieras y de ejecución
forzosa que entre otras, le reconoce el artículo 4º de la Ley 7/1985 de 2 de Abril, Reguladora de
las Bases de Régimen Local, tiene atribuida la competencia para la gestión, liquidación,
recaudación e inspección de sus tributos propios, sin perjuicio de las delegaciones que pueda
otorgar a favor de las Entidades Locales de ámbito superior y de las fórmulas de colaboración
con ellas, en relación con lo dispuesto en el artículo 106.3 de la misma Ley y los artículos 7.1 y
CVE:
BOP-2023-1344
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 8 de marzo de 2023
N.º 0046
Pág. 7172