Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2023-1330)
BOP-2023-1330 Bases proceso selectivo para cubrir 1 plaza oficial de Policía Local (funcionario/a de carrera) por concurso-oposición por promoción interna. OEP 2022.
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ANEXO IV
En el reconocimiento médico, con sujeción a un cuadro, que garantizará la
idoneidad física de la persona participante para la función policial a desempeñar, se
comprobarán las circunstancias médicas señaladas. Se declararán no aptos los
aspirantes que estén incursos en las siguientes causas médicas de exclusión:
CUADRO DE EXCLUSIONES MÉDICAS
1. Se garantizará la idoneidad física de la persona aspirante para la función policial a
desempeñar mediante la aplicación de causas de exclusión por razones médicas,
comprobándose el peso y medidas antropométricas. Declarándose a la persona
aspirante no apto en caso de que presente un IMC superior a 29,9 o inferior de 18,5.
Calculada aplicando la siguiente fórmula: IMC = Peso en kilogramos/Talla en metros al
cuadrado.
En la persona aspirante que posea un IMC comprendido entre 25 y 29´9, ambos
inclusive, se realizarán una medición del perímetro abdominal y que no será superior
en ningún caso a 102 centímetros en los hombres o a 88 centímetros en las mujeres.
Se podrán aceptar IMC superiores a 30 si objetiva y claramente se deben no a un
aumento de la grasa corporal, sino a un desarrollo muscular marcado, y no presenta
patología ni factores de riesgo sobreañadidos. Pudiéndose utilizar excepcionalmente
otros métodos supletorios a criterio del tribunal médico siempre que sean debidamente
motivados por este.
2. Exclusiones circunstanciales: Enfermedades o lesiones agudas, activas en el
momento del reconocimiento, que puedan producir secuelas, dificultar o impedir el
desarrollo de las funciones policiales. En estos casos, el Tribunal Médico podrá fijar un
nuevo plazo para comprobar el estado de salud del aspirante, al final del cual se
certificará si han desaparecido los motivos de la exclusión circunstancial.
3. Exclusiones definitivas.
3.1. Pérdida o alteración, total o parcial, congénita o adquirida de cualquier parte del
cuerpo que limite o dificulte la eficacia de las actividades propias del servicio.
3.2. Enfermedades o anomalías genéticas, o hereditarias, constitucionales o
adquiridas que limiten o dificulten la realización de las actividades del servicio o
puedan suponer un riesgo para la salud del examinado o para terceros.
3.3. Enfermedades congénitas o adquiridas que precisen algún tipo de tratamiento
específico y/o de larga duración difícilmente compatible con las actividades propias del
servicio.
3.4. Enfermedades infecciosas y parasitarias que o bien originen trastornos
funcionales, exijan un tratamiento continuado o bien por el riesgo de su contagiosidad
sean incompatibles con el desempeño de las funciones del servicio.
CVE:
BOP-2023-1330
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 7 de marzo de 2023
N.º 0045
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