Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2023-1329)
BOP-2023-1329 Bases proceso selectivo para cubrir 2 plazas Agente de Policía Local (Funcionario/a de Carrera) por concurso por movilidad. OEP 2022.
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8.3. Una vez acreditados los requisitos establecidos en la convocatoria, el Sr. Alcalde nombrará
a los seleccionados funcionarios de carrera y percibirán las retribuciones que les corresponda.
8.4. Toma de posesión. Los aspirantes nombrados deberán tomar posesión de sus plazas en el
plazo máximo de 15 días hábiles, a partir de la fecha de publicación del nombramiento en el
Diario Oficial de Extremadura. Si no lo hicieran, sin causa justificada, quedarían anuladas todas
las actuaciones entendiéndose, asimismo, que renuncia a la plaza.
NOVENA. PROTECCION DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.
Por el solo hecho de su participación en el presente proceso selectivo, las personas aspirantes
prestan su consentimiento para que los datos de carácter personal facilitados por ellos sean
incorporados en los ficheros automatizados del Negociado de Personal, cuya finalidad es la de
ser utilizados para la gestión del personal en todos sus aspectos: formación, selección y
promoción interna, retribuciones, estadísticas relativas al mismo, prevención de riesgos
laborales, incompatibilidades y otros extremos. El Excmo. Ayuntamiento de Plasencia, como
responsable del fichero mencionado, garantiza el pleno cumplimiento de la normativa de
protección de datos de carácter personal, y así, de acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5
de diciembre, los aspirantes en el presente procedimiento de selección quedan informados y
prestan su consentimiento para el tratamiento de los datos de carácter personal facilitados. El
opositor podrá ejercitar respecto a sus datos de carácter personal los derechos de acceso,
rectificación, cancelación y oposición previstos en la Ley Orgánica citada, mediante escrito
dirigido al Ayuntamiento de Plasencia, Negociado de Personal, C/ Rey, PLASENCIA. 10600.
Asimismo, a efectos de gestión del proceso de selección para el que los aspirantes han
autorizado la utilización de sus datos, estos podrán ser comunicados a terceros, con la única
finalidad del desarrollo del proceso selectivo correspondiente.
DÉCIMA. INCIDENCIAS, IMPUGNACIÓN Y RECURSOS.
10.1. La Comisión de Valoración queda facultada para resolver las dudas que puedan
presentarse y adoptar las soluciones, criterios o decisiones necesarias para el buen orden del
concurso en aquellos aspectos no previstos en estas bases, siendo en todo caso aplicable la
normativa relacionada en la base segunda de la presente convocatoria, así como las demás
normas concordantes de general aplicación.
10.2. Contra la presente convocatoria, sus bases cuantos actos administrativos se deriven de
las mismas, se podrá interponer por los interesados los recursos en la forma y casos previstos
por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, así como, en su caso, en la Ley Reguladora de la Jurisdicción
CVE:
BOP-2023-1329
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 7 de marzo de 2023
N.º 0045
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