Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2023-1328)
BOP-2023-1328 Bases proceso selectivo para cubrir 6 plazas de Policía Local (Funcionario/a de Carrera) por oposición libre. OEP 2022.
42 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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15.13. Tumores malignos o benignos del aparato genital masculino que alteren o
puedan alterar el normal desarrollo de las funciones propias del servicio. Se valorarán
según su importancia clínica funcional o pronóstica.
15.14. Cualquier hallazgo, lesión o enfermedad del aparato genital masculino que, bien
por sí mismo, su evolución o por el tratamiento requerido (continuo o de larga
duración), dificulte o limite el desarrollo de las funciones profesionales.
15.15. Tumores malignos y lesiones precancerosas de mama, ovarios, trompa, útero,
vagina y vulva que alteren o puedan alterar el normal desarrollo de las funciones
propias del servicio. Se valorarán según su importancia clínica funcional o pronóstica.
15.16. Ginecomastia unilateral o bilateral. Mastopatías. Hipertrofia mamaria y prótesis
mamarias. Será valorado en función de su naturaleza y según su importancia clínica
funcional o pronóstica.
15.17. Endometriosis incapacitante.
15.18. Cualquier hallazgo, lesión o enfermedad del aparato genital femenino que, bien
por sí mismo, su evolución o por el tratamiento requerido dificulte o limite el correcto
desempeño de las funciones profesionales o puedan verse agravadas por las mismas.
16. Otras causas de exclusión: La relación de causas de exclusión enumeradas
anteriormente no tiene carácter exhaustivo, por lo que el equipo médico que realice la
valoración de esta prueba podrá apreciar cualquier otra patología que, a su juicio y con
la debida motivación, sea incompatible con el desarrollo normal del servicio policial.
17. Aplicación de las causas de exclusión. La concurrencia de alguna/as de las causas
enumeradas anteriormente determinará la exclusión de la persona del proceso de
selección, salvo que por parte del equipo médico que realice la valoración se aprecie,
en base a informes emitidos por personal médico especialista directamente
relacionado con dicha/ as causa/as, que esa concurrencia es compatible con el
desempeño normal del servicio policía.
De las pruebas diagnósticas
Para los diagnósticos establecidos en este Anexo se tendrán en cuenta los criterios de
las Sociedades Médicas de las especialidades correspondientes.
Todas estas exclusiones se garantizarán con las pruebas complementarias necesarias
para el diagnóstico.
CVE:
BOP-2023-1328
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 7 de marzo de 2023
N.º 0045
Pág. 7090
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15.13. Tumores malignos o benignos del aparato genital masculino que alteren o
puedan alterar el normal desarrollo de las funciones propias del servicio. Se valorarán
según su importancia clínica funcional o pronóstica.
15.14. Cualquier hallazgo, lesión o enfermedad del aparato genital masculino que, bien
por sí mismo, su evolución o por el tratamiento requerido (continuo o de larga
duración), dificulte o limite el desarrollo de las funciones profesionales.
15.15. Tumores malignos y lesiones precancerosas de mama, ovarios, trompa, útero,
vagina y vulva que alteren o puedan alterar el normal desarrollo de las funciones
propias del servicio. Se valorarán según su importancia clínica funcional o pronóstica.
15.16. Ginecomastia unilateral o bilateral. Mastopatías. Hipertrofia mamaria y prótesis
mamarias. Será valorado en función de su naturaleza y según su importancia clínica
funcional o pronóstica.
15.17. Endometriosis incapacitante.
15.18. Cualquier hallazgo, lesión o enfermedad del aparato genital femenino que, bien
por sí mismo, su evolución o por el tratamiento requerido dificulte o limite el correcto
desempeño de las funciones profesionales o puedan verse agravadas por las mismas.
16. Otras causas de exclusión: La relación de causas de exclusión enumeradas
anteriormente no tiene carácter exhaustivo, por lo que el equipo médico que realice la
valoración de esta prueba podrá apreciar cualquier otra patología que, a su juicio y con
la debida motivación, sea incompatible con el desarrollo normal del servicio policial.
17. Aplicación de las causas de exclusión. La concurrencia de alguna/as de las causas
enumeradas anteriormente determinará la exclusión de la persona del proceso de
selección, salvo que por parte del equipo médico que realice la valoración se aprecie,
en base a informes emitidos por personal médico especialista directamente
relacionado con dicha/ as causa/as, que esa concurrencia es compatible con el
desempeño normal del servicio policía.
De las pruebas diagnósticas
Para los diagnósticos establecidos en este Anexo se tendrán en cuenta los criterios de
las Sociedades Médicas de las especialidades correspondientes.
Todas estas exclusiones se garantizarán con las pruebas complementarias necesarias
para el diagnóstico.
CVE:
BOP-2023-1328
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Martes, 7 de marzo de 2023
N.º 0045
Pág. 7090