Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2023-1328)
BOP-2023-1328 Bases proceso selectivo para cubrir 6 plazas de Policía Local (Funcionario/a de Carrera) por oposición libre. OEP 2022.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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ANEXO II
PRUEBAS FÍSICAS
(A REALIZAR POR EL ORDEN QUE SE RELACIONA)
Las pruebas físicas, las marcas a superar y puntuaciones obtenidas serán las que se
relacionan a continuación, distinguiendo en cada prueba entre hombres y mujeres y,
dentro de cada grupo, por rango de edad, Las pruebas contenidas en el presente
Anexo II se realizarán por el orden en que están relacionadas. Para cada una de las
pruebas físicas las personas aspirantes dispondrán de dos intentos, siempre que el
primero fuera declarado nulo por el Tribunal de Selección.
La calificación de cada ejercicio será de cero a diez puntos, teniendo en cuenta que la
obtención de cero puntos en cualquiera de ellos supone la eliminación del/de la
aspirante.
La calificación de la prueba será la media de las obtenidas en cada ejercicio, debiendo
alcanzarse al menos cinco puntos para aprobar. Cuando lo estime pertinente y de
forma aleatoria, el Tribunal Calificador podrá realizar pruebas de consumo de
sustancias o grupos farmacológicos prohibidos, de estimulantes o cualquier tipo de
dopaje, según las normas del Consejo Superior de Deportes, destinados a aumentar la
capacidad física o a modificar los resultados de la prueba, eliminándose a quienes den
positivo al consumo de dichas sustancias.
Para la realización de la prueba, los opositores y opositoras deberán presentarse con
atuendo deportivo, y entregar al Tribunal un certificado médico, en el que se haga
constar que reúne las condiciones físicas precisas para realizar las referidas pruebas
deportivas. La no presentación de dicho documento supondrá la exclusión del o de la
aspirante del proceso selectivo.
Quienes no pudieran realizar las pruebas físicas establecidas en la convocatoria por
embarazo o parto, debidamente acreditados, realizarán todas las demás, quedando
condicionado su ingreso en la Academia de Seguridad Pública de Extremadura (en
adelante ASPEX), a la superación de aquellas y a que, de acuerdo con su calificación
global en la convocatoria, en relación con la del resto de aspirantes, le corresponda. A
tal fin, la interesada podrá realizar las indicadas pruebas físicas en el momento que se
establezca para la siguiente convocatoria. Si en esta fecha tampoco pudiera realizarlas
debido a otro embarazo o parto, debidamente acreditados, podrá realizarlas en una
inmediata segunda convocatoria.
La incorporación a la ASPEX se realizará con las personas admitidas en la
convocatoria en que supere las pruebas físicas.
En caso de que la interesada no pudiera realizar las pruebas físicas en la fecha
prevista para ello en la segunda convocatoria posterior a la de superación del resto de
las pruebas, cualquiera que fuera la causa, perderá todo derecho a las mismas.
CVE:
BOP-2023-1328
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 7 de marzo de 2023
N.º 0045
Pág. 7069
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ANEXO II
PRUEBAS FÍSICAS
(A REALIZAR POR EL ORDEN QUE SE RELACIONA)
Las pruebas físicas, las marcas a superar y puntuaciones obtenidas serán las que se
relacionan a continuación, distinguiendo en cada prueba entre hombres y mujeres y,
dentro de cada grupo, por rango de edad, Las pruebas contenidas en el presente
Anexo II se realizarán por el orden en que están relacionadas. Para cada una de las
pruebas físicas las personas aspirantes dispondrán de dos intentos, siempre que el
primero fuera declarado nulo por el Tribunal de Selección.
La calificación de cada ejercicio será de cero a diez puntos, teniendo en cuenta que la
obtención de cero puntos en cualquiera de ellos supone la eliminación del/de la
aspirante.
La calificación de la prueba será la media de las obtenidas en cada ejercicio, debiendo
alcanzarse al menos cinco puntos para aprobar. Cuando lo estime pertinente y de
forma aleatoria, el Tribunal Calificador podrá realizar pruebas de consumo de
sustancias o grupos farmacológicos prohibidos, de estimulantes o cualquier tipo de
dopaje, según las normas del Consejo Superior de Deportes, destinados a aumentar la
capacidad física o a modificar los resultados de la prueba, eliminándose a quienes den
positivo al consumo de dichas sustancias.
Para la realización de la prueba, los opositores y opositoras deberán presentarse con
atuendo deportivo, y entregar al Tribunal un certificado médico, en el que se haga
constar que reúne las condiciones físicas precisas para realizar las referidas pruebas
deportivas. La no presentación de dicho documento supondrá la exclusión del o de la
aspirante del proceso selectivo.
Quienes no pudieran realizar las pruebas físicas establecidas en la convocatoria por
embarazo o parto, debidamente acreditados, realizarán todas las demás, quedando
condicionado su ingreso en la Academia de Seguridad Pública de Extremadura (en
adelante ASPEX), a la superación de aquellas y a que, de acuerdo con su calificación
global en la convocatoria, en relación con la del resto de aspirantes, le corresponda. A
tal fin, la interesada podrá realizar las indicadas pruebas físicas en el momento que se
establezca para la siguiente convocatoria. Si en esta fecha tampoco pudiera realizarlas
debido a otro embarazo o parto, debidamente acreditados, podrá realizarlas en una
inmediata segunda convocatoria.
La incorporación a la ASPEX se realizará con las personas admitidas en la
convocatoria en que supere las pruebas físicas.
En caso de que la interesada no pudiera realizar las pruebas físicas en la fecha
prevista para ello en la segunda convocatoria posterior a la de superación del resto de
las pruebas, cualquiera que fuera la causa, perderá todo derecho a las mismas.
CVE:
BOP-2023-1328
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 7 de marzo de 2023
N.º 0045
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