Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2023-1327)
BOP-2023-1327 Bases proceso selectivo para cubrir 1 plaza de Peón de Servicios Múltiples para instalaciones deportivas. Personal Laboral Interino/a (oposición libre).
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e) Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial, para el puesto. En el caso de ser nacional de
otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a
sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el
acceso al empleo público.
g) Los nacionales de los demás Estados a que hace referencia el apartado a) y los
demás extranjeros deberán acreditar, además de su nacionalidad, los requisitos a que
así mismo hacen referencia los apartados anteriores. Dicha acreditación se efectuará
mediante certificados expedidos por las autoridades competentes. En el caso de la
titulación académica deberá estar homologada por el Ministerio de Educación.
Todos los requisitos establecidos en el punto anterior deberán ser reunidos por el aspirante el
día en que finalice el plazo para la presentación de instancias.
Igualmente, deberán mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta el momento de la
toma de posesión, y acreditarse, en caso de resultar seleccionado/a, del modo indicado en las
bases de la convocatoria.
TERCERA. SOLICITUDES.
3.1. Instancias. En las instancias, solicitando tomar parte en la oposición, los aspirantes
deberán declarar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda
de la convocatoria. A la instancia se acompañará obligatoriamente fotocopia del D.N.I.,
fotocopia de la titulación académica exigida, fotocopia del Carné de conducir clase B y
comprobante o justificante acreditativo del pago de los correspondientes derechos de examen,
mediante ingreso en la cuenta bancaria, de la que es titular el Ayuntamiento, y que se indica en
la base 3.4.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento,
de oficio o a instancia de parte interesada.
3.2. Lugar de presentación de instancias: Las instancias, dirigidas a la Alcaldía, se presentarán
en el Registro General de este Excmo. Ayuntamiento, en horas de oficina, o conforme a lo
dispuesto por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
CVE:
BOP-2023-1327
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 7 de marzo de 2023
N.º 0045
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