Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2023-1326)
BOP-2023-1326 Bases 2 Auxiliares Administrativos/as (Funcionario/a de Carrera) mediante Oposición Libre.
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QUINTA. TRIBUNAL CALIFICADOR.
5.1. Normativa del Tribunal.
El tribunal se conformará según el artículo 60 del Texto Refundido del Estatuto Básico del
Empleado público, artículo 8 del Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba
el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de
Extremadura y artículo 4 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio. En todo lo no previsto
expresamente en estas bases, será de aplicación a los Tribunales Calificadores lo dispuesto
para los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público y supletoriamente, el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
5.2. Normas generales.
Estará constituido por un número impar de miembros no inferior a cinco, debiendo designarse
el mismo número de suplentes. Se procurará que tengan un perfil profesional, administrativo o
académico acorde con las características funcionales del puesto objeto del proceso de
selección. No podrán estar formados mayoritariamente por funcionarios pertenecientes a la
misma especialidad objeto de la selección. Asimismo, la totalidad de sus miembros deberá
poseer un nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en el Cuerpo o Escala de
que se trate.
En la designación de sus miembros se tenderá a la paridad entre hombres y mujeres, en
cumplimiento de lo establecido en el artículo 53 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo
para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo
ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie. No podrán formar parte del Tribunal
quienes, en el ámbito de actividades privadas, hubiesen realizado tareas de formación o
preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de
la correspondiente convocatoria.
5.3. Composición.
Los miembros del Tribunal, deberán ser funcionarios/as de carrera o personal laboral fijo,
pudiendo ser empleados municipales o de otras Administraciones Públicas, ostentando los
siguientes cargos (1 Presidente, 3 empleados públicos, de los cuales uno será designado por la
Junta de Extremadura y 1 Secretario).
CVE:
BOP-2023-1326
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 7 de marzo de 2023
N.º 0045
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