Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montánchez. (BOP-2023-1322)
BOP-2023-1322 Bases reguladoras y convocatoria del proceso de selección, para la cobertura en propiedad, por el sistema general de turno libre, mediante el procedimiento de oposición, de una (1) plaza de Auxiliar Administrativo/a, encuadrada en la Escala de Administración.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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DÉCIMA. Presentación de documentación.
10.1. En el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquel en que se
hiciera pública la lista definitiva de aspirantes aprobados/as en el Boletín Oficial de la Provincia,
los/as aspirantes propuestos deben presentar ante la Secretaria del Ayuntamiento de
Montánchez, los documentos que a continuación se relacionan:
a) Original del DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad
en vigor.
b) En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebas selectivas por tratarse
de cónyuges, o sus descendientes o los descendientes del cónyuge, de españoles o
nacionales de países miembros de la Unión Europea deberán presentar los documentos
expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y
una declaración jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea con el
que existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su
caso, del hecho de que el/a aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
c) Original del título exigido en las presentes Bases, o certificación académica que
acredite haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la
expedición del mismo. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá
aportar la documentación acreditativa de su homologación o convalidación.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos
constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de funciones públicas por
resolución judicial para el acceso a la escala, subescala, clase y categoría de
funcionario/a en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a. Los nacionales de otros
Estados deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitados/as o en situación
equivalente ni haber sido sometidos/as a sanción disciplinaria o equivalente que impida,
en su Estado, en los mismos términos, el acceso a la función pública.
10.2. Quienes dentro del plazo indicado en el apartado 1º, y salvo los casos de fuerza mayor,
no presentasen la documentación exigida en las bases de la convocatoria o del examen de la
misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos por las mismas o
hubieran incurrido en falsedad en relación con los mismos, no podrán ser nombrados/as
funcionarios/as de carrera, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la
CVE:
BOP-2023-1322
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 7 de marzo de 2023
N.º 0045
Pág. 6979
10.1. En el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquel en que se
hiciera pública la lista definitiva de aspirantes aprobados/as en el Boletín Oficial de la Provincia,
los/as aspirantes propuestos deben presentar ante la Secretaria del Ayuntamiento de
Montánchez, los documentos que a continuación se relacionan:
a) Original del DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad
en vigor.
b) En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebas selectivas por tratarse
de cónyuges, o sus descendientes o los descendientes del cónyuge, de españoles o
nacionales de países miembros de la Unión Europea deberán presentar los documentos
expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y
una declaración jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea con el
que existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su
caso, del hecho de que el/a aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
c) Original del título exigido en las presentes Bases, o certificación académica que
acredite haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la
expedición del mismo. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá
aportar la documentación acreditativa de su homologación o convalidación.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos
constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de funciones públicas por
resolución judicial para el acceso a la escala, subescala, clase y categoría de
funcionario/a en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a. Los nacionales de otros
Estados deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitados/as o en situación
equivalente ni haber sido sometidos/as a sanción disciplinaria o equivalente que impida,
en su Estado, en los mismos términos, el acceso a la función pública.
10.2. Quienes dentro del plazo indicado en el apartado 1º, y salvo los casos de fuerza mayor,
no presentasen la documentación exigida en las bases de la convocatoria o del examen de la
misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos por las mismas o
hubieran incurrido en falsedad en relación con los mismos, no podrán ser nombrados/as
funcionarios/as de carrera, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la
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Martes, 7 de marzo de 2023
N.º 0045
Pág. 6979