Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Logrosán. (BOP-2023-1318)
BOP-2023-1318 Convocatoria Psicólogo/a especializado/a en Violencia de Género.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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AYUNTAMIENTO DE LOGROSÁN (Cáceres)
C.I.F. P1011200A * Plaza de España, 1 * 10120 * Tlf. 927360022 – Fax 927 360796 -Mail.ayuntamiento@logrosan.es
Empleado/a Público/a, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, la
Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local;
El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de Abril, por el que se aprueba el texto refundido
de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto 896/1991,
de 7 de Junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que
debe ajustarse el procedimiento de selección de los/as funcionarios/as de Administración
Local; el Decreto 201/1995, de 26 de Diciembre por el que se aprueba el Reglamento General
de ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los/as Funcionarios/as civiles de
la Administración.
El presente acto es definitivo en vía administrativa y frente al mismo puede interponer, en el
plazo de dos meses a partir de su recepción, Recurso Contencioso- Administrativo ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres, o con carácter potestativo, en los
términos comprendidos en el art.123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Recurso de Reposición ante éste
mismo órgano, en el plazo de un mes a partir de su notificación; todo ello sin perjuicio de la
interposición de cualquier otro que estime procedente.
Logrosán a la fecha de la firma electrónica
EL ALCALDE
D. Juan Carlos Hernández Martínez
Cód.
Validación:
TST4GX99XHRPCKLXH7R9MAYD7
Verificación:
https://logrosan.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
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plataforma
esPublico
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BOP-2023-1318
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en:
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Martes, 7 de marzo de 2023
N.º 0045
Pág. 6954
C.I.F. P1011200A * Plaza de España, 1 * 10120 * Tlf. 927360022 – Fax 927 360796 -Mail.ayuntamiento@logrosan.es
Empleado/a Público/a, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, la
Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local;
El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de Abril, por el que se aprueba el texto refundido
de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto 896/1991,
de 7 de Junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que
debe ajustarse el procedimiento de selección de los/as funcionarios/as de Administración
Local; el Decreto 201/1995, de 26 de Diciembre por el que se aprueba el Reglamento General
de ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los/as Funcionarios/as civiles de
la Administración.
El presente acto es definitivo en vía administrativa y frente al mismo puede interponer, en el
plazo de dos meses a partir de su recepción, Recurso Contencioso- Administrativo ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres, o con carácter potestativo, en los
términos comprendidos en el art.123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Recurso de Reposición ante éste
mismo órgano, en el plazo de un mes a partir de su notificación; todo ello sin perjuicio de la
interposición de cualquier otro que estime procedente.
Logrosán a la fecha de la firma electrónica
EL ALCALDE
D. Juan Carlos Hernández Martínez
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