Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Talayuela. (BOP-2023-1294)
BOP-2023-1294 EXTRACTO. Ayudas Suministros Mínimos Vitales 2023.
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5. Todos los requisitos deberán concurrir en el momento de presentacion de la solicitud de la
ayuda y durante la percepcion de la misma.
6. La concesión de la ayuda para suministros mínimos vitales sera compatible con la
percepción de otras prestaciones, subvenciones o ayudas publicas o privadas que tengan la
misma finalidad, siempre que el importe total abonado, individualmente o en concurrencia con
las otras prestaciones, subvenciones o ayudas, no supere el gasto facturado.
7. Se entenderá como persona beneficiaria de la ayuda a todos/as los/as miembros de la
unidad de convivencia, si bien solo, podrá ser reconocida a favor de la persona solicitante
miembro de dicha unidad.
8. Se entiende por vivienda habitual aquella que constituya la residencia de la unidad de
convivencia y sea coincidente con el domicilio al que se refiere la facturación del suministro,
independientemente del titulo en virtud del cual se habite la misma, siempre que quede
acreditada la legalidad de dicho titulo.
Articulo 4. Plazo de presentación de solicitudes.
1. El Plazo de presentación de las solicitudes, se iniciará al dia siguiente de la publicación del
extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, y finalizara el 1 de
diciembre de 2023, o cuando se agote el crédito presupuestario.
2. Se aceptará la recogida de facturas impagadas para su tramitación, hasta el 16 de enero del
2024 como fecha límite.
3. Todas las solicitudes de ayudas que reúnan los requisitos establecidos serán resueltas
favorablemente hasta el agotamiento de los fondos destinados a las ayudas para suministros
mínimos vitales.
Si se agotaran dichos fondos, las solicitudes se denegarán por no existir crédito presupuestario
disponible y suficiente.
No obstante, de producirse el agotamiento del crédito presupuestario y no procederse a
efectuar modificaciones del crédito o no existir nuevas disponibilidades presupuestarias, se
podrá declarar terminado el periodo de vigencia de la convocatoria mediante resolucion del
alcalde, con la consiguiente inadmisión de las solicitudes presentadas con posterioridad a esa
resolución.
CVE:
BOP-2023-1294
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 6 de marzo de 2023
N.º 0044
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