Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aldeacentenera. (BOP-2023-1282)
BOP-2023-1282 Aprobación definitiva Modificación de Crédito 3/2023.
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Esta modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería del ejercicio anterior, en los
siguientes términos:
Suplemento en Concepto de Ingresos.
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2,
apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el
Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas
Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de
demorarlo a ejercicios posteriores.
b) La insuficiencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa
finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la
vinculación jurídica.
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, los/as interesados/as podrán interponer directamente recurso contencioso-
administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de
13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, Reguladora
de la Bases de Régimen Local, la interposición del recurso previsto no suspenderá por sí sola
la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Aldeacentenera, 28 de febrero de 2023
Francisco Muñoz Jiménez
ALCALDE - PRESIDENTE
APLICACIÓN DENOMINACIÓN MODIFICACIÓN
87001 Remanente Líquido de Tesorería. 330.000,00 €
TOTAL A SUPLEMENTAR 330.000,00 €
CVE:
BOP-2023-1282
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 6 de marzo de 2023
N.º 0044
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