Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Intermunicipal de la Vera. (BOP-2023-1251)
BOP-2023-1251 Aprobación definitiva de la Ordenanza de Administración Electrónica de la Mancomunidad Intermunicipal de La Vera
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Mancomunidad Intermunicipal de la Vera
a) Cuando la notificación se realice con ocasión de la comparecencia espontánea del
interesado o su representante en las oficinas de asistencia en materia de registro y solicite la
comunicación o notificación personal en ese momento.
b) Cuando para asegurar la eficacia de la actuación administrativa resulte necesario
practicar la notificación por entrega directa de un empleado público de la Administración
notificante.
Con independencia del medio utilizado, las notificaciones serán válidas siempre que
permitan tener constancia de su envío o puesta a disposición, de la recepción o acceso por el
interesado o su representante, de sus fechas y horas, del contenido íntegro, y de la identidad
fidedigna del remitente y destinatario de la misma. La acreditación de la notificación
efectuada se incorporará al expediente.
Los interesados que no estén obligados a recibir notificaciones electrónicas, podrán
decidir y comunicar en cualquier momento a la Administración Pública, mediante los
modelos normalizados que se establezcan al efecto, que las notificaciones sucesivas se
practiquen o dejen de practicarse por medios electrónicos.
El consentimiento de los interesados podrá tener carácter general para todos los
trámites que los relacionen con la Administración Municipal o para uno o varios trámites
según se haya manifestado.
El interesado podrá asimismo, durante la tramitación del procedimiento, modificar la
manera de comunicarse con la Administración Municipal, optando por un medio distinto del
inicialmente elegido, bien determinando que se realice la notificación a partir de ese
momento mediante vía electrónica o revocando el consentimiento de notificación electrónica
para que se practique la notificación vía postal, en cuyo caso deberá comunicarlo al órgano
competente y señalar un domicilio postal donde practicar las sucesivas notificaciones.
Esta modificación comenzará a producir efectos respecto de las comunicaciones que
Mancomunidad Intermunicipal de la Vera
Plaza de Juan de Austria nº 2, Cuacos de Yuste. 10430 (Cáceres). Tfno. 927172208. Fax: 927172229
Cód.
Validación:
KRP3ESQL75ZJP322DHXPELPFT
Verificación:
https://mancomunidaddelavera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
14
de
18
CVE:
BOP-2023-1251
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 3 de marzo de 2023
N.º 0043
Pág. 6614
a) Cuando la notificación se realice con ocasión de la comparecencia espontánea del
interesado o su representante en las oficinas de asistencia en materia de registro y solicite la
comunicación o notificación personal en ese momento.
b) Cuando para asegurar la eficacia de la actuación administrativa resulte necesario
practicar la notificación por entrega directa de un empleado público de la Administración
notificante.
Con independencia del medio utilizado, las notificaciones serán válidas siempre que
permitan tener constancia de su envío o puesta a disposición, de la recepción o acceso por el
interesado o su representante, de sus fechas y horas, del contenido íntegro, y de la identidad
fidedigna del remitente y destinatario de la misma. La acreditación de la notificación
efectuada se incorporará al expediente.
Los interesados que no estén obligados a recibir notificaciones electrónicas, podrán
decidir y comunicar en cualquier momento a la Administración Pública, mediante los
modelos normalizados que se establezcan al efecto, que las notificaciones sucesivas se
practiquen o dejen de practicarse por medios electrónicos.
El consentimiento de los interesados podrá tener carácter general para todos los
trámites que los relacionen con la Administración Municipal o para uno o varios trámites
según se haya manifestado.
El interesado podrá asimismo, durante la tramitación del procedimiento, modificar la
manera de comunicarse con la Administración Municipal, optando por un medio distinto del
inicialmente elegido, bien determinando que se realice la notificación a partir de ese
momento mediante vía electrónica o revocando el consentimiento de notificación electrónica
para que se practique la notificación vía postal, en cuyo caso deberá comunicarlo al órgano
competente y señalar un domicilio postal donde practicar las sucesivas notificaciones.
Esta modificación comenzará a producir efectos respecto de las comunicaciones que
Mancomunidad Intermunicipal de la Vera
Plaza de Juan de Austria nº 2, Cuacos de Yuste. 10430 (Cáceres). Tfno. 927172208. Fax: 927172229
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