Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral Villuercas Ibores Jara. (BOP-2023-1250)
BOP-2023-1250 Bases para la provisión de un puesto de Dinamizador/a Deportivo/a.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
12 páginas totales
Página
Sección I - Administración Local
Mancomunidades
Mancomunidad Integral Villuercas Ibores Jara
ANUNCIO. Bases para la provisión de un puesto de Dinamizador/a Deportivo/a.
1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA.
Al amparo de la Resolución de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de 5 de octubre de
2022 por la que se conceden las subvenciones convocadas mediante la Resolución de 24 de
junio de 2022, de la Secretaría General, por la que se efectúa la convocatoria de las ayudas del
Programa de Dinamización Deportiva de Extremadura para el periodo 2022/2025, al amparo de
la Orden de 3 de febrero de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones para el desarrollo del Programa de Dinamización Deportiva de
Extremadura, se convoca la provisión de un puesto de Dinamizador/a Deportivo/a, mediante el
sistema de concurso-oposición, para el Programa de Dinamización Deportiva de esta
Mancomunidad.
2. REQUISITOS DE LOS/AS ASPIRANTES.
Para ser admitidos/as a la realización de las pruebas selectivas, las personas aspirantes
deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser español/a o, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del/a Empleado/a Público/a, tener nacionalidad de un país miembro de la Unión
Europea, o la de cualquiera de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de
aplicación la libre circulación de trabajadores/as en los términos que ésta se halla
definida en el tratado constitutivo de la Unión Europea. Igualmente, podrán participar en
el proceso selectivo, cualquiera que sea su nacionalidad, cónyuges de españoles/as y
nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea (siempre que no estén
separados/as de derecho), sus descendientes y de sus cónyuges (siempre que no estén
separados/as de derecho) y sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad
dependientes.
CVE:
BOP-2023-1250
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 3 de marzo de 2023
N.º 0043
Pág. 6588