Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cedillo. (BOP-2023-1190)
BOP-2023-1190 Bases de la convocatoria para la provisión de 1 plaza de Administrativo/a mediante el sistema de oposición libre.
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SEXTA. Actuaciones de los aspirantes
6.1 La actuación de los aspirantes en los ejercicios que no pueda realizarse conjuntamente,
se iniciará por orden alfabético de apellidos y figurará en el anuncio por el que se haga
pública la resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos y la fecha,
hora y lugar de comienzo de los ejercicios. Dicha publicación se efectuará, con una
antelación de al menos cinco días hábiles de dicho comienzo en el BOP y sede electrónica
del ayuntamiento.
6.2. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo
excluidos/as de la convocatoria quienes no comparezcan, salvo caso de fuerza mayor,
debidamente alegado y justificado con anterioridad a la celebración del ejercicio, y
apreciado libremente por el Tribunal que, en cualquier momento podrá requerir a los/as
aspirantes para que acrediten su personalidad.
6.3. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de
embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará condicionada a la
finalización del mismo y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no
pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes
a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el
Tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de
la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
6.4 Adaptación de tiempo y medios:
Para los aspirantes con discapacidad que lo soliciten, previa constancia en la solicitud de su
condición con expresión del grado y tipo de minusvalía, se establecerán las adaptaciones de
tiempo y medios necesarias para la realización de los ejercicios debiendo adjuntar el
Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de
minusvalía competente, acreditando de forma fehaciente, la/s deficiencia/s permanentes que
han dado origen al grado de minusvalía reconocido.
La adaptación de tiempos y medios no se otorgará de forma automática sino únicamente
cuando la discapacidad guarde relación directa con la prueba a realizar, por lo que
corresponderá al Tribunal Calificador resolver la procedencia y concreción de la adaptación
de tiempos y medios en función de las circunstancias específicas de cada ejercicio, según
Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, o norma que la modifique o sustituya.
Además podrán solicitar del interesado información adicional respecto de la adaptación
solicitada. Los órganos de selección darán traslado al interesado del contenido del informe
técnico y concretarán al aspirante interesado las condiciones en que se celebrará la prueba
para la que se solicitó la adaptación.
6.5 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación
de la identidad de los aspirantes.
Cód.
Validación:
5MMG5KLCL3KE3FJ9QG6CWFTJC
Verificación:
https://cedillo.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 2 de marzo de 2023
N.º 0042
Pág. 6368
6.1 La actuación de los aspirantes en los ejercicios que no pueda realizarse conjuntamente,
se iniciará por orden alfabético de apellidos y figurará en el anuncio por el que se haga
pública la resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos y la fecha,
hora y lugar de comienzo de los ejercicios. Dicha publicación se efectuará, con una
antelación de al menos cinco días hábiles de dicho comienzo en el BOP y sede electrónica
del ayuntamiento.
6.2. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo
excluidos/as de la convocatoria quienes no comparezcan, salvo caso de fuerza mayor,
debidamente alegado y justificado con anterioridad a la celebración del ejercicio, y
apreciado libremente por el Tribunal que, en cualquier momento podrá requerir a los/as
aspirantes para que acrediten su personalidad.
6.3. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de
embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará condicionada a la
finalización del mismo y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no
pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes
a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el
Tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de
la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
6.4 Adaptación de tiempo y medios:
Para los aspirantes con discapacidad que lo soliciten, previa constancia en la solicitud de su
condición con expresión del grado y tipo de minusvalía, se establecerán las adaptaciones de
tiempo y medios necesarias para la realización de los ejercicios debiendo adjuntar el
Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de
minusvalía competente, acreditando de forma fehaciente, la/s deficiencia/s permanentes que
han dado origen al grado de minusvalía reconocido.
La adaptación de tiempos y medios no se otorgará de forma automática sino únicamente
cuando la discapacidad guarde relación directa con la prueba a realizar, por lo que
corresponderá al Tribunal Calificador resolver la procedencia y concreción de la adaptación
de tiempos y medios en función de las circunstancias específicas de cada ejercicio, según
Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, o norma que la modifique o sustituya.
Además podrán solicitar del interesado información adicional respecto de la adaptación
solicitada. Los órganos de selección darán traslado al interesado del contenido del informe
técnico y concretarán al aspirante interesado las condiciones en que se celebrará la prueba
para la que se solicitó la adaptación.
6.5 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación
de la identidad de los aspirantes.
Cód.
Validación:
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