Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Trasierra Tierras de Granadilla. (BOP-2023-1177)
BOP-2023-1177 Bases convocatoria proceso estabilización personal laboral.
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BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR EN
PROPIEDAD, MEDIANTE CONCURSO DE MERITOS, DOS PLAZAS DE
PERSONAL LABORAL, DERIVADAS DEL PROCESO EXTRAORDINARIO DE
ESTABILIZACIÓN PREVISTO EN LA LEY 20/2021
PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA
Es objeto de la presente convocatoria la cobertura, por el sistema de concurso, de las plazas
que figuran en el Anexo I, derivadas de los procesos extraordinarios de estabilización
previstos en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de
la temporalidad en el empleo público, e incluidas en la Oferta excepcional de Empleo
Público aprobada por la Resolución de fecha 30.05.2022 (BOP n° 102 de fecha 31.05.2022).
SEGUNDA.- NORMATIVA APLICABLE
El proceso selectivo se regirá por lo establecido en estas Bases y por lo dispuesto en las
siguientes normas:
- Ley 20/2021 de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la
temporalidad en el empleo público.
- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
- Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
- Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas; Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
- Normativa de desarrollo de las anteriores.
TERCERA. REQUISITOS EXIGIDOS A LOS ASPIRANTES
3.1. Requisitos generales:
a) Tener nacionalidad española, o la de cualquier otro Estado miembro de la Unión
Europea, o nacionalidad de algún Estado en el que en virtud de los Tratados
internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de
aplicación la libre circulación de trabajadores/as.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el/la cónyuge de los/las
españoles/as y de los/as nacionales de otros Estados Miembros de la Unión Europea,
siempre que no estén separados/as de derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge
siempre que no estén separados/as de derecho, sean menores de 21 años o mayores de
dicha edad dependientes. En este supuesto, los aspirantes deberán acompañar a su
solicitud, el documento que acredite las condiciones que se alegan.
b) Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
forzosa
c) Estar en posesión del título exigido para el acceso al cuerpo/categoría de que se trate,
según figura en el Anexo I.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de
las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o
cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario,
o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal
laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de
otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a
CVE:
BOP-2023-1177
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Miércoles, 1 de marzo de 2023
N.º 0041
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