Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcántara. (BOP-2023-1020)
BOP-2023-1020 Plan estratégico de subvenciones.
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1.
como finalidad el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción
de una finalidad pública], de carácter plurianual y con carácter previo al nacimiento de las
subvenciones.
Por ello, esta Alcaldía , Resuelve:
Aprobar el Plan estratégico de subvenciones para el año 2023, que se detalla a
continuación
CAPÍTULO l
ARTÍCULO 1.
El establecimiento de subvenciones por este Ayuntamiento durante el período de un año se
ajustará a lo previsto en el presente Plan.
ARTÍCULO 2.
El establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en Plan requerirá la inclusión las
consignaciones correspondientes en los Presupuestos municipales de cada año y ajustarse a
la ordenanza municipal.
3 ARTÍCULO.
El establecimiento de subvenciones queda supeditado al cumplimiento de los objetivos de
estabilidad presupuestaria, por lo que las consignaciones presupuestarias que se aprueben y
las bases reguladoras de su concesión se acomodarán en cada momento a dichos objetivos.
ARTÍCULO 4.
La aprobación del Plan Estratégico Subvenciones no supone la generación de derecho alguno
en favor los potenciales beneficiarios/as, que no podrán exigir indemnización o compensación
alguna en caso de que el Plan no se lleve a la práctica en sus propios términos.
CAPÍTULO II. BENEFICIARIOS/AS Y MATERIAS QUE ESTABLECERÁN SUBVENCIONES
ARTÍCULO 5.
El Ayuntamiento concederá subvenciones a favor de personas o Entidades públicas o privadas
con la finalidad de fomentar la realización de actividades de utilidad pública o interés social o
para promover la consecución de fines públicos atribuidos a la competencia local.
CVE:
BOP-2023-1020
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 23 de febrero de 2023
N.º 0037
Pág. 5746
como finalidad el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción
de una finalidad pública], de carácter plurianual y con carácter previo al nacimiento de las
subvenciones.
Por ello, esta Alcaldía , Resuelve:
Aprobar el Plan estratégico de subvenciones para el año 2023, que se detalla a
continuación
CAPÍTULO l
ARTÍCULO 1.
El establecimiento de subvenciones por este Ayuntamiento durante el período de un año se
ajustará a lo previsto en el presente Plan.
ARTÍCULO 2.
El establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en Plan requerirá la inclusión las
consignaciones correspondientes en los Presupuestos municipales de cada año y ajustarse a
la ordenanza municipal.
3 ARTÍCULO.
El establecimiento de subvenciones queda supeditado al cumplimiento de los objetivos de
estabilidad presupuestaria, por lo que las consignaciones presupuestarias que se aprueben y
las bases reguladoras de su concesión se acomodarán en cada momento a dichos objetivos.
ARTÍCULO 4.
La aprobación del Plan Estratégico Subvenciones no supone la generación de derecho alguno
en favor los potenciales beneficiarios/as, que no podrán exigir indemnización o compensación
alguna en caso de que el Plan no se lleve a la práctica en sus propios términos.
CAPÍTULO II. BENEFICIARIOS/AS Y MATERIAS QUE ESTABLECERÁN SUBVENCIONES
ARTÍCULO 5.
El Ayuntamiento concederá subvenciones a favor de personas o Entidades públicas o privadas
con la finalidad de fomentar la realización de actividades de utilidad pública o interés social o
para promover la consecución de fines públicos atribuidos a la competencia local.
CVE:
BOP-2023-1020
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 23 de febrero de 2023
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Pág. 5746