Sección II - Administración Autonómica. Junta de Extremadura. Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad. (BOP-2023-1014)
BOP-2023-1014 AT-1995-2. Expropiación Forzosa. "Desmontaje de la línea eléctrica a 132 kV, simple circuíto ST Trujillo-ST Cáceres, en la provincia de Cáceres, en los tt.mm. de Trujillo, La Cumbre, Sierra de Fuentes y Cáceres.
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Sección II - Administración Autonómica
Junta de Extremadura
Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad
ANUNCIO. AT-1995-2. Expropiación Forzosa. "Desmontaje de la línea eléctrica a
132 kV, simple circuíto ST Trujillo-ST Cáceres, en la provincia de Cáceres, en los
tt.mm. de Trujillo, La Cumbre, Sierra de Fuentes y Cáceres.
El Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, de la Dirección General de Industria,
Energía y Minas de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, sobre
convocatoria de actas previas a la ocupación del expte.: AT-1995-2.
Por tener concedido el proyecto de Iberdrola España, SA., denominado "Desmontaje de la línea
eléctrica a 132 kV, simple circuíto, ST Trujillo - ST Cáceres, en la provincia de Cáceres" en los
términos municipales de Trujillo, La Cumbre, Sierra de Fuentes y Cáceres, registrado con el
número AT-1995-2 la declaración de Utilidad Pública por Resolución del Servicio Ordenación
Industrial, Energética y Minera, de fecha 31-08-2022 publicada en el D.O.E. N.º 174 de fecha 9-
09-2022 y, de conformidad con el artº. 56 de la Ley 24/2013 de 26 de Diciembre, del Sector
Eléctrico, que establece que la declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de
ocupación de los bienes y derechos afectados e implica la Urgente Ocupación a los efectos
establecidos en el artº. 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de Diciembre de 1954.
Este Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, convoca a los titulares de los
bienes y derechos afectados que figuran en relación adjunta para que comparezcan el día,
hora y lugar señalados al final del presente escrito, (y en dicha relación) para desde allí
trasladarse posteriormente al terreno, si fuera necesario, y proceder al levantamiento de las
Actas Previas a la Ocupación de las fincas afectadas.
A dicho acto deberán asistir los/as afectados/as, personalmente o bien representados/as por
persona debidamente autorizada para actuar en su nombre, aportando los documentos
acreditativos de su titularidad y el último recibo de la contribución, pudiendo hacerse
acompañar a su costa, si lo estiman oportuno, de Peritos/as y Notario/a.
De conformidad con lo dispuesto en el Artº. 56.2 del Reglamento de la Ley de Expropiación
Forzosa aprobado por Decreto de 26 de abril de 1.957, los/as interesados/as, así como las
personas que siendo titulares de derechos e intereses económicos directos sobre los bienes
CVE:
BOP-2023-1014
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 22 de febrero de 2023
N.º 0036
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Junta de Extremadura
Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad
ANUNCIO. AT-1995-2. Expropiación Forzosa. "Desmontaje de la línea eléctrica a
132 kV, simple circuíto ST Trujillo-ST Cáceres, en la provincia de Cáceres, en los
tt.mm. de Trujillo, La Cumbre, Sierra de Fuentes y Cáceres.
El Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, de la Dirección General de Industria,
Energía y Minas de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, sobre
convocatoria de actas previas a la ocupación del expte.: AT-1995-2.
Por tener concedido el proyecto de Iberdrola España, SA., denominado "Desmontaje de la línea
eléctrica a 132 kV, simple circuíto, ST Trujillo - ST Cáceres, en la provincia de Cáceres" en los
términos municipales de Trujillo, La Cumbre, Sierra de Fuentes y Cáceres, registrado con el
número AT-1995-2 la declaración de Utilidad Pública por Resolución del Servicio Ordenación
Industrial, Energética y Minera, de fecha 31-08-2022 publicada en el D.O.E. N.º 174 de fecha 9-
09-2022 y, de conformidad con el artº. 56 de la Ley 24/2013 de 26 de Diciembre, del Sector
Eléctrico, que establece que la declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de
ocupación de los bienes y derechos afectados e implica la Urgente Ocupación a los efectos
establecidos en el artº. 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de Diciembre de 1954.
Este Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, convoca a los titulares de los
bienes y derechos afectados que figuran en relación adjunta para que comparezcan el día,
hora y lugar señalados al final del presente escrito, (y en dicha relación) para desde allí
trasladarse posteriormente al terreno, si fuera necesario, y proceder al levantamiento de las
Actas Previas a la Ocupación de las fincas afectadas.
A dicho acto deberán asistir los/as afectados/as, personalmente o bien representados/as por
persona debidamente autorizada para actuar en su nombre, aportando los documentos
acreditativos de su titularidad y el último recibo de la contribución, pudiendo hacerse
acompañar a su costa, si lo estiman oportuno, de Peritos/as y Notario/a.
De conformidad con lo dispuesto en el Artº. 56.2 del Reglamento de la Ley de Expropiación
Forzosa aprobado por Decreto de 26 de abril de 1.957, los/as interesados/as, así como las
personas que siendo titulares de derechos e intereses económicos directos sobre los bienes
CVE:
BOP-2023-1014
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 22 de febrero de 2023
N.º 0036
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