Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Serradilla. (BOP-2023-1009)
BOP-2023-1009 Bases provisión una plaza de Auxiliar Administrativo/a de Administración General.
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- Una vez publicada la Resolución de nombramiento de los/as funcionarios/as de carrera, el
órgano competente publicará en el plazo máximo de un mes la relación de aspirantes que
deban integrar la correspondientes Bolsas de Trabajo.
- La Bolsas de Trabajo resultante de cada proceso se harán públicas en el Boletín Oficial de la
Provincia y en el tablón Electrónico con detalle de la puntuación obtenida por cada aspirante,
ordenada de mayor a menor.
La Resolución del Alcalde por la que se apruebe la Bolsa de Empleo será publicada en el
Boletín Oficial de la Provincia.
- Antes del nombramiento, se deberá acreditar la veracidad de la documentación aportada
durante el proceso selectivo.
DÉCIMA. Incompatibilidades.
El/a aspirante propuesto quedará sujeto, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones
contenidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al
Servicio de las Administraciones Públicas, y demás normativa aplicable.
UNDÉCIMA. Incidencias.
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido
en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por
los/as interesados/as recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-
Administrativo de Cáceres, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el
Boletín Oficial de la Provincia.
En lo no previsto en las bases, se regirá por la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública
de Extremadura; el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del/a Empleado/a Público/a
aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; el Real Decreto 896/1991,
de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe
ajustarse el procedimiento de selección de los/as funcionarios/as de Administración Local; el
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del
Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los/as
Funcionarios/as Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto
CVE:
BOP-2023-1009
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 22 de febrero de 2023
N.º 0036
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órgano competente publicará en el plazo máximo de un mes la relación de aspirantes que
deban integrar la correspondientes Bolsas de Trabajo.
- La Bolsas de Trabajo resultante de cada proceso se harán públicas en el Boletín Oficial de la
Provincia y en el tablón Electrónico con detalle de la puntuación obtenida por cada aspirante,
ordenada de mayor a menor.
La Resolución del Alcalde por la que se apruebe la Bolsa de Empleo será publicada en el
Boletín Oficial de la Provincia.
- Antes del nombramiento, se deberá acreditar la veracidad de la documentación aportada
durante el proceso selectivo.
DÉCIMA. Incompatibilidades.
El/a aspirante propuesto quedará sujeto, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones
contenidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al
Servicio de las Administraciones Públicas, y demás normativa aplicable.
UNDÉCIMA. Incidencias.
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido
en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por
los/as interesados/as recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-
Administrativo de Cáceres, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el
Boletín Oficial de la Provincia.
En lo no previsto en las bases, se regirá por la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública
de Extremadura; el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del/a Empleado/a Público/a
aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; el Real Decreto 896/1991,
de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe
ajustarse el procedimiento de selección de los/as funcionarios/as de Administración Local; el
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del
Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los/as
Funcionarios/as Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto
CVE:
BOP-2023-1009
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 22 de febrero de 2023
N.º 0036
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