Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Madroñera. (BOP-2023-984)
BOP-2023-984 Bases y Convocatoria para la constitución de una bolsa de trabajo de "Otro personal de limpieza".
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EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MADROÑERA (CÁCERES)
Plaza de Ramón y Cajal Nº 1, C.P. 10210 – Madroñera (Cáceres)
Tlfn.: 927 31 91 92 / Fax.: 927 31 91 16
Anuncios de este Ayuntamiento y en la página web del mismo,
concediendo un plazo de 2 días para la subsanación de solicitudes y
presentación de reclamaciones. Si transcurriese dicho plazo sin que se
formule reclamación alguna, la lista se elevará a definitiva
automáticamente sin necesidad de nueva resolución ni publicación.
Base Cuarta. Tribunal Calificador.
1. El Tribunal Calificador será nombrado mediante Decreto de
Alcaldía, ajustándose su composición a los principios de imparcialidad
y profesionalidad de sus miembros y tenderá, en la medida de lo
posible, a la paridad entre mujer y hombre, de conformidad con el
artículo 60 de la Ley 5/2015, de 27 de Abril, del Estatuto Básico del
Empleado Público.
2. El órgano de selección estará compuesto por el Presidente y
tres vocales, y un Secretario.
Base Quinta. Procedimiento Selectivo.
El procedimiento para la selección de los aspirantes a integrar la
Bolsa de Trabajo será por el orden de puntuación:
Proceso de selección de aspirantes:
1. Tiempo en situación de desempleo: Por cada mes inscrito en
desempleo anterior a la fecha de publicación de estas bases de
empleo, se otorgará 0,10 puntos hasta un máximo de 2 puntos,
teniendo en cuenta los 2 años anteriores a la presente
convocatoria.
No se tomará en cuenta los contrato realizados inferiores a tres
meses se cotejará con la vida laboral del solicitante,
Se entenderá como olvido y por lo tanto no contará cuando el
periodo interrumpo cuando sea por olvido o no renovar la tarjeta
de demanda, que se comprobará por la vida laboral al no tener
ningún contrato que coincida en esas fechas.
2. Tiempo sin trabajar en el Ayuntamiento: Por cada mes anterior
a la fecha de publicación de estas bases de empleo sin trabajar en
el Ayuntamiento, se otorgarán 0,10 puntos hasta un máximo de 2
puntos, teniendo en cuenta los 2 años anteriores a la presente
convocatoria.
No se tomará en cuenta los contratos realizados inferiores a tres
meses.
Cód.
Validación:
3HDDFJZM63KXPZKL9Y2FX3CR7
|
Verificación:
https://madronera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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CVE:
BOP-2023-984
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 20 de febrero de 2023
N.º 0035
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