Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2023-973)
BOP-2023-973 Encomienda de Gestión RSU Carrascalejo.
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CONVENIO ENCOMIENDA DE GESTIÓN 5.1 SERVICIO DE “RESIDUOS SÓLIDOS
URBANOS DOMÉSTICOS Y ASIMILADOS”. RÉGIMEN ECONÓMICO: MEDIANTE
EL ABONO, POR LOS USUARIOS-BENEFICIARIOS, DE LAS TASAS O TARIFAS
ESTABLECIDAS EN LA ORDENANZA REGULADORA DEL SERVICIO.
MODELO 5.1. Encomienda gestión RSU-Tarifa
REUNIDOS
De una parte, D. Carlos Carlos Rodríguez, Presidente del Consorcio para
la Gestión de Servicios Medioambientales “Medioambiente y Aguas Provincia
de Cáceres”, en adelante se referenciará al mismo como Consorcio
“MÁSMEDIO”, facultado para este acto por acuerdo adoptado por el Consejo
de Administración en su sesión de 17 de Junio de 2021.
Y de otra, Dª. Sonia Cid Jiménez alcaldesa del Excmo. Ayuntamiento de
Carrascalejo, en adelante se referenciará al mismo como AYUNTAMIENTO,
facultado para suscribir el presente Convenio en virtud de acuerdo del Pleno
Municipal, adoptado en sesión del día 19 de Julio de 2021, asistido del Sr.
Secretario de la Corporación Juan Luís Rafael Luengo Soria.
Ambos se reconocen con capacidad legal suficiente para la firma del
presente Convenio, y a tal efecto,
EXPONEN
Primero. El art. 25.2.b de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
Bases de Régimen Local, en adelante LRBRL, enumera como competencias
propias que, en todo caso, debe ejercer el Municipio, parques y jardines
públicos, gestión de los residuos sólidos urbanos y protección contra la
contaminación acústica, lumínica y atmosférica en las zonas urbanas.
Asimismo, la Ley 3/2019, de 22 de enero, de Garantía de la Autonomía
Municipal de Extremadura dispone en su artículo 15.1.B) 8. que dentro de las
competencias propias que puede ejercer los municipios en el área de
actuación municipal referida al Territorio e Infraestructuras se encuentra la
de “(…) 8º. Ordenación, gestión, prestación y control de los servicios de
recogida y tratamiento de residuos sólidos urbanos o municipales, así como
planificación, programación y disciplina de la reducción de la producción de
residuos urbanos o municipales”.
El artículo 57 de la LRBRL contempla la necesaria cooperación
CVE:
BOP-2023-973
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 20 de febrero de 2023
N.º 0035
Pág. 5322
URBANOS DOMÉSTICOS Y ASIMILADOS”. RÉGIMEN ECONÓMICO: MEDIANTE
EL ABONO, POR LOS USUARIOS-BENEFICIARIOS, DE LAS TASAS O TARIFAS
ESTABLECIDAS EN LA ORDENANZA REGULADORA DEL SERVICIO.
MODELO 5.1. Encomienda gestión RSU-Tarifa
REUNIDOS
De una parte, D. Carlos Carlos Rodríguez, Presidente del Consorcio para
la Gestión de Servicios Medioambientales “Medioambiente y Aguas Provincia
de Cáceres”, en adelante se referenciará al mismo como Consorcio
“MÁSMEDIO”, facultado para este acto por acuerdo adoptado por el Consejo
de Administración en su sesión de 17 de Junio de 2021.
Y de otra, Dª. Sonia Cid Jiménez alcaldesa del Excmo. Ayuntamiento de
Carrascalejo, en adelante se referenciará al mismo como AYUNTAMIENTO,
facultado para suscribir el presente Convenio en virtud de acuerdo del Pleno
Municipal, adoptado en sesión del día 19 de Julio de 2021, asistido del Sr.
Secretario de la Corporación Juan Luís Rafael Luengo Soria.
Ambos se reconocen con capacidad legal suficiente para la firma del
presente Convenio, y a tal efecto,
EXPONEN
Primero. El art. 25.2.b de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
Bases de Régimen Local, en adelante LRBRL, enumera como competencias
propias que, en todo caso, debe ejercer el Municipio, parques y jardines
públicos, gestión de los residuos sólidos urbanos y protección contra la
contaminación acústica, lumínica y atmosférica en las zonas urbanas.
Asimismo, la Ley 3/2019, de 22 de enero, de Garantía de la Autonomía
Municipal de Extremadura dispone en su artículo 15.1.B) 8. que dentro de las
competencias propias que puede ejercer los municipios en el área de
actuación municipal referida al Territorio e Infraestructuras se encuentra la
de “(…) 8º. Ordenación, gestión, prestación y control de los servicios de
recogida y tratamiento de residuos sólidos urbanos o municipales, así como
planificación, programación y disciplina de la reducción de la producción de
residuos urbanos o municipales”.
El artículo 57 de la LRBRL contempla la necesaria cooperación
CVE:
BOP-2023-973
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 20 de febrero de 2023
N.º 0035
Pág. 5322