Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-970)
BOP-2023-970 EXTRACTO. Bases convocatoria subvenciones federaciones 2023.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
- Certificación del/a Secretario/a de la Federación indicando:
a) La duración de la actividad, Trofeo, Open, Copa, Encuentro Diputación de
Cáceres.
b) El número de participantes en dicha actividad.
c) El número de ediciones de la actividad.
Los siguientes documentos deberán presentarse sólo en aquéllos casos en los que la
Diputación de Cáceres no los tenga a su disposición o hubiera variación de datos con respecto
a los que consten en los archivos de la Diputación:
- CIF de la Entidad.
- Estatutos de la Entidad y de sus modificaciones, si las hubiere.
- Certificación de estar inscrita en el Registro General de Entidades Deportivas de
Extremadura, en el que constará la fecha de inscripción en el mismo.
- Alta de terceros. Deberá presentarse en el modelo normalizado y remitirse, el
documento original, a la Tesorería de la Excma. Diputación Provincial.
6. CRITERIOS DE VALORACIÓN.
La Comisión de Valoración -cuya composición se determina en la BASE OCTAVA de la
Convocatoria- llevará a cabo la evaluación de las solicitudes, en virtud de los criterios de
selección establecidos en las bases de la Convocatoria. Emitirá la correspondiente acta
debidamente motivada.
No se requerirá a las entidades beneficiarias la aceptación fehaciente de las ayudas, que se
entenderá en todo caso positiva si no mediara renuncia expresa.
La ayuda, en relación con las solicitudes para Federaciones Deportivas, se concederá
otorgando el valor que corresponda según los criterios de reparto establecidos en las Bases de
la Convocatoria.
El total de las subvenciones concedidas no podrán superar la cuantía del crédito disponible
para la presente convocatoria de subvenciones, expresado en la base segunda.
CVE:
BOP-2023-970
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 20 de febrero de 2023
N.º 0035
Pág. 5297