Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Santa Marta de Magasca. (BOP-2023-937)
BOP-2023-937 Modificación Ordenanza municipal reguladora del servicio domiciliario de aguas.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Santa Marta de Magasca
ANUNCIO. Modificación Ordenanza municipal reguladora del servicio
domiciliario de aguas.
Por acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión de fecha siete de febrero de
dos mil veintitrés, se aprueba la modificación de la ordenanza municipal reguladora del servicio
domiciliario de aguas, cuyo contenido es:
A partir de 2023 se establece la obligatoriedad de sacar a la fachada los contadores de aguas
que se encuentren dentro del domicilio. Se establece un plazo de seis meses a contar de la
publicación de este anuncio para que se lleve a efecto. Pasado dicho plazo los/as usuarios/as
que no lo hubiesen sacado deberán realizar una declaración responsable con carácter
trimestral y presentarla en el registro general del Ayuntamiento con la lectura de su contador.
Los costes de la obra serán por cuenta del/a usuario/a y la instalación del contador por cuenta
del Ayuntamiento
El incumplimiento de estas normas dará lugar al inicio del procedimiento sancionador.
Santa Marta de Magasca, 14 de febrero de 2023
Raúl Gutiérrez Mariscal
ALCALDE
CVE:
BOP-2023-937
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de febrero de 2023
N.º 0034
Pág. 5193
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Santa Marta de Magasca
ANUNCIO. Modificación Ordenanza municipal reguladora del servicio
domiciliario de aguas.
Por acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión de fecha siete de febrero de
dos mil veintitrés, se aprueba la modificación de la ordenanza municipal reguladora del servicio
domiciliario de aguas, cuyo contenido es:
A partir de 2023 se establece la obligatoriedad de sacar a la fachada los contadores de aguas
que se encuentren dentro del domicilio. Se establece un plazo de seis meses a contar de la
publicación de este anuncio para que se lleve a efecto. Pasado dicho plazo los/as usuarios/as
que no lo hubiesen sacado deberán realizar una declaración responsable con carácter
trimestral y presentarla en el registro general del Ayuntamiento con la lectura de su contador.
Los costes de la obra serán por cuenta del/a usuario/a y la instalación del contador por cuenta
del Ayuntamiento
El incumplimiento de estas normas dará lugar al inicio del procedimiento sancionador.
Santa Marta de Magasca, 14 de febrero de 2023
Raúl Gutiérrez Mariscal
ALCALDE
CVE:
BOP-2023-937
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de febrero de 2023
N.º 0034
Pág. 5193