Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Huélaga. (BOP-2023-923)
BOP-2023-923 Aprobación definitiva Reglamento de Régimen Interno del Centro de Día.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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5.6. Entre el centro, el/la interesado/a y, en su caso, la persona responsable del mismo, se
formalizará un contrato que regulará todos los aspectos de la relación entre las partes
contratantes desde el ingreso del/a nuevo/a residente hasta su baja.
En caso de que el/la nuevo/a usuario/a no pueda firmar el contrato por imposibilidad física o
psíquica, firmará su representante.
Si el/la usuario/a no supiese firmar, colocará la huella dactilar del dedo índice derecho en el
lugar reservado para su firma, delante de los/as testigos que firmarán debajo de la impresión
dactilar.
De no saber firmar el/la responsable o representante, se actuará de idéntica forma que para
el/la residente.
TÍTULO SEGUNDO. DERECHOS Y DEBERES DE LOS/AS USUARIOS/AS DEL CENTRO DÍA
ARTÍCULO 6. DERECHOS DE LOS/AS USUARIOS/AS.
Las personas usuarias del centro de día tendrán los siguientes derechos:
Manutención adecuada a su edad: desayuno, comida, merienda, cena. El menú será
común salvo para aquellas personas que por prescripción médica necesiten un régimen
de comidas determinado.
Utilización de los servicios y dependencias comunes del centro, de acuerdo con las
características de las mismas.
Recibir una asistencia adecuada atendiendo a su condición de autonomía y o
dependencia física o psíquica, a la naturaleza de la plaza y tipo de centro.
Recibir en todo caso un trato correcto por parte de los/as empleados/as del centro y sus
responsables, así como por las demás personas residentes.
Recibir comunicaciones personales y privadas mediante visitas, teléfono público del
centro o correspondencia.
Participar como elector y elegible en los procesos electorales que se realicen en el
centro. En su caso se ejercerá este derecho a través de un familiar o representante
legal, cuando la situación de dependencia lo requiera.
Elevar por escrito o de palabra al/la titular del centro sugerencia para la mejora de los
servicios. En su caso se ejercerá este derecho a través de un/a familiar o representante
legal, cuando la situación de dependencia lo requiera.
Participar de las actividades comunes que se realicen.
CVE:
BOP-2023-923
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de febrero de 2023
N.º 0034
Pág. 5153
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5.6. Entre el centro, el/la interesado/a y, en su caso, la persona responsable del mismo, se
formalizará un contrato que regulará todos los aspectos de la relación entre las partes
contratantes desde el ingreso del/a nuevo/a residente hasta su baja.
En caso de que el/la nuevo/a usuario/a no pueda firmar el contrato por imposibilidad física o
psíquica, firmará su representante.
Si el/la usuario/a no supiese firmar, colocará la huella dactilar del dedo índice derecho en el
lugar reservado para su firma, delante de los/as testigos que firmarán debajo de la impresión
dactilar.
De no saber firmar el/la responsable o representante, se actuará de idéntica forma que para
el/la residente.
TÍTULO SEGUNDO. DERECHOS Y DEBERES DE LOS/AS USUARIOS/AS DEL CENTRO DÍA
ARTÍCULO 6. DERECHOS DE LOS/AS USUARIOS/AS.
Las personas usuarias del centro de día tendrán los siguientes derechos:
Manutención adecuada a su edad: desayuno, comida, merienda, cena. El menú será
común salvo para aquellas personas que por prescripción médica necesiten un régimen
de comidas determinado.
Utilización de los servicios y dependencias comunes del centro, de acuerdo con las
características de las mismas.
Recibir una asistencia adecuada atendiendo a su condición de autonomía y o
dependencia física o psíquica, a la naturaleza de la plaza y tipo de centro.
Recibir en todo caso un trato correcto por parte de los/as empleados/as del centro y sus
responsables, así como por las demás personas residentes.
Recibir comunicaciones personales y privadas mediante visitas, teléfono público del
centro o correspondencia.
Participar como elector y elegible en los procesos electorales que se realicen en el
centro. En su caso se ejercerá este derecho a través de un familiar o representante
legal, cuando la situación de dependencia lo requiera.
Elevar por escrito o de palabra al/la titular del centro sugerencia para la mejora de los
servicios. En su caso se ejercerá este derecho a través de un/a familiar o representante
legal, cuando la situación de dependencia lo requiera.
Participar de las actividades comunes que se realicen.
CVE:
BOP-2023-923
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de febrero de 2023
N.º 0034
Pág. 5153