Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Huélaga. (BOP-2023-923)
BOP-2023-923 Aprobación definitiva Reglamento de Régimen Interno del Centro de Día.
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La carencia total o parcial de la documentación antes señalada, o cualquier otro defecto normal
que afectara a la solicitud de ingreso, será puesta en conocimiento del/a interesado/a para su
subsanación en el plazo de 10 días hábiles, con indicación de que si así no lo hiciera, se le
tendrá por desistido/a en su petición archivándose su solicitud sin más trámite.
Para las plaza que se soliciten de personas procedentes de otro municipio, el/la trabajador/a
social del municipio de procedencia del/a solicitante emitirá informe social cuando en los
servicios sociales del municipio de Huélaga se desconozca la historia social actualizada del/a
solicitante. Para dicho informe, el profesional de referencia solicitará al/a demandante toda
aquella documentación que resulte necesaria para determinar su situación y grado de
necesidad.
Las personas admitidas para su ingreso en el centro serán inscritas obligatoriamente en el libro
registro oficial, y se les abrirá la ficha socio-sanitaria, que se cumplimentarán con los requisitos
e información requerida por la consejería competente de La Junta de Extremadura.
5.4. Ocupación de la plaza.
La ocupación de la plaza concedida se efectuará en el plazo de los quince días naturales
siguientes a la recepción de la notificación de la plaza adjudicada. Concluido este plazo sin
producirse la incorporación, se entenderá por decaído en los derechos de admisión e ingreso,
por lo que el Ayuntamiento de Huélaga dispondrá libremente de la plaza.
Si el/la solicitante no pudiera, por causa justificada, efectuar su ingreso en el plazo antes
establecido (15 días), deberá ingresar en concepto de reserva de plaza una cantidad que será
fijada por la Comisión, en función del período de dicha prórroga.
El/la nuevo/a usuario/a formalizará un contrato de ingreso en el que figurará la aceptación
expresa de las normas reguladoras de la organización y funcionamiento del mismo, de sus
derechos y obligaciones y las condiciones económicas derivadas de su condición de usuario/a
del Centro de Día. En el caso de que el/la futuro/a usuario/a no pueda firmar el contrato de
admisión, lo hará su representante.
Se considera periodo de adaptación del/a interesado/a a la vida del centro, el constituido por
los treinta días naturales siguientes al ingreso en el centro. Transcurrido este periodo, el/la
interesado/a consolidará su derecho a la plaza adjudicada.
Durante este periodo, la Dirección del centro adoptará las medidas necesarias para facilitar el
proceso de adaptación.
CVE:
BOP-2023-923
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de febrero de 2023
N.º 0034
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