Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2023-909)
BOP-2023-909 Bases que han de regir la concesión de subvenciones para entidades de acción social en la ciudad de Cáceres para el año 2023.
31 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
2
este campo (asociaciones de/que trabajen con personas con discapacidad, sin hogar, inmigrantes
o refugiadas, minorías étnicas, familias en situación de exclusión social, etc.).
3.- Los proyectos subvencionables se dividen en tres categorías, en función de su objeto, las
cuales serán las siguientes:
Categoría A: Dirigida a proyectos destinados a cubrir aquellas necesidades básicas
(manutención, alojamiento, ropa…) de personas en grave situación de exclusión social y
cuyas competencias no estén siendo asumidas por las distintas administraciones o, en su
caso, sean insuficientes para cubrir las necesidades del colectivo en la ciudad.
La consignación presupuestaria para todos los proyectos de esta categoría se fija en 35.000,
divididos de la siguiente forma:
10.000€ para proyectos de comedores sociales.
15.000€ para proyectos de reparto de alimentos, ropa y otros bienes de primera
necesidad.
10.000€ para proyectos residenciales y de alojamiento alternativo.
La cuantía máxima a conceder por proyecto de esta categoría, por todos los conceptos no
podrá superar los 10.000€.
Categoría B: Incluirá los proyectos que presenten actuaciones de educación, capacitación,
rehabilitación, terapia, ocio y respiro familiar, etc. dirigidos a mejorar la calidad de vida y
autonomía de las personas con discapacidad y sus familiares.
La consignación presupuestaria para todos los proyectos de esta categoría se fija en 30.000€.
La cuantía máxima a conceder por proyecto de esta categoría, por todos los conceptos no
podrá superar los 3.000€.
Categoría C: Contemplará los proyectos que presenten actuaciones de apoyo y promoción
de la autonomía personal a través de la ayuda a domicilio y apoyo asistencial de personas
mayores o con discapacidad que prevenga su dependencia e institucionalización y asegure el
soporte de sus necesidades básicas dentro de su hogar.
La consignación presupuestaria para todos los proyectos de esta categoría se fija en 35.000€.
La cuantía máxima a conceder por proyecto de esta categoría, por todos los conceptos no
podrá superar los 10.000€.
En caso de no distribuir todo el presupuesto destinado a una categoría o subcategoría, por la
no presentación de proyectos o falta de calidad de éstos, se podrá repartir lo sobrante entre el
resto.
4.- A efectos de garantizar la correcta ejecución de las anteriores actividades, así como el
normal funcionamiento de las asociaciones, se considera coherente con el objeto de la
CVE:
BOP-2023-909
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de febrero de 2023
N.º 0034
Pág. 5096
este campo (asociaciones de/que trabajen con personas con discapacidad, sin hogar, inmigrantes
o refugiadas, minorías étnicas, familias en situación de exclusión social, etc.).
3.- Los proyectos subvencionables se dividen en tres categorías, en función de su objeto, las
cuales serán las siguientes:
Categoría A: Dirigida a proyectos destinados a cubrir aquellas necesidades básicas
(manutención, alojamiento, ropa…) de personas en grave situación de exclusión social y
cuyas competencias no estén siendo asumidas por las distintas administraciones o, en su
caso, sean insuficientes para cubrir las necesidades del colectivo en la ciudad.
La consignación presupuestaria para todos los proyectos de esta categoría se fija en 35.000,
divididos de la siguiente forma:
10.000€ para proyectos de comedores sociales.
15.000€ para proyectos de reparto de alimentos, ropa y otros bienes de primera
necesidad.
10.000€ para proyectos residenciales y de alojamiento alternativo.
La cuantía máxima a conceder por proyecto de esta categoría, por todos los conceptos no
podrá superar los 10.000€.
Categoría B: Incluirá los proyectos que presenten actuaciones de educación, capacitación,
rehabilitación, terapia, ocio y respiro familiar, etc. dirigidos a mejorar la calidad de vida y
autonomía de las personas con discapacidad y sus familiares.
La consignación presupuestaria para todos los proyectos de esta categoría se fija en 30.000€.
La cuantía máxima a conceder por proyecto de esta categoría, por todos los conceptos no
podrá superar los 3.000€.
Categoría C: Contemplará los proyectos que presenten actuaciones de apoyo y promoción
de la autonomía personal a través de la ayuda a domicilio y apoyo asistencial de personas
mayores o con discapacidad que prevenga su dependencia e institucionalización y asegure el
soporte de sus necesidades básicas dentro de su hogar.
La consignación presupuestaria para todos los proyectos de esta categoría se fija en 35.000€.
La cuantía máxima a conceder por proyecto de esta categoría, por todos los conceptos no
podrá superar los 10.000€.
En caso de no distribuir todo el presupuesto destinado a una categoría o subcategoría, por la
no presentación de proyectos o falta de calidad de éstos, se podrá repartir lo sobrante entre el
resto.
4.- A efectos de garantizar la correcta ejecución de las anteriores actividades, así como el
normal funcionamiento de las asociaciones, se considera coherente con el objeto de la
CVE:
BOP-2023-909
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de febrero de 2023
N.º 0034
Pág. 5096