Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Acehúche. (BOP-2023-908)
BOP-2023-908 Aprobación definitiva modificación de Ordenanza fiscal reguladora del servicio de Gimnasio Municipal.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Se recomienda calentar de 5 a 10 minutos antes de cada entrenamiento y otro periodo
de enfriamiento de 5 a 10 minutos después. Esto permite que la frecuencia cardiaca
aumente y disminuya gradualmente y previene la sobrecarga muscular.
Se recomienda no contener la respiración al utilizar un aparato. La respiración se debe
mantener en un ritmo adecuado con el nivel de ejercicio que se esté realizando.
Descansar adecuadamente entre los entrenamientos. Se recomienda a los
principiantes empezar con una frecuencia de dos veces por semana y aumentar el
entrenamiento gradualmente.
No “sobre entrenarse”. El inexacto o excesivo entrenamiento puede causar lesiones. En
caso de observar algún desperfecto o anomalía, deberá comunicarse al encargado/a o
al Ayuntamiento.
Ningún abonado/a o usuario/a podrá exceder más de 30 minutos en las máquinas de
ejercicio cardiovascular.
Ningún abonado/a o usuario/a podrá exceder del tiempo recomendado para cada una
de las máquinas.
Se recomienda solicitar un programa de entrenamiento individualizado al monitor/a del
gimnasio, así como pedir asesoramiento sobre cualquier duda que se pueda tener.
Artículo 12.- Personal de la instalación.
El personal a cargo de la instalación del gimnasio tendrá las siguientes funciones:
Apertura y cierre de las instalaciones del gimnasio.
Cuidar que las actividades en el interior se realicen con normalidad
Velar por el buen orden, limpieza y adecuado uso de las instalaciones.
Atender las sugerencias, quejas y reclamaciones que se formulen, transmitiéndolas en
todo caso a la Alcaldía.
Cuantas otras funciones resulten de esta Ordenanza o le fueran encomendadas por la
Alcaldía.
Artículo 13- Infracciones y sanciones.
Se considera como infracción de esta Ordenanza el incumplimiento total o parcial de las
obligaciones o prohibiciones establecidas en la misma.
Cuando de la utilización de las instalaciones del gimnasio municipal, así como la prestación de
los servicios públicos deportivos se desprendan daños materiales causados por el sujeto
pasivo, el mismo estará obligado al reintegro del coste total de los respectivos gastos de
reconstrucción o reparación y al depósito previo de su importe. Si los daños fueran
CVE:
BOP-2023-908
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de febrero de 2023
N.º 0034
Pág. 5092
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Se recomienda calentar de 5 a 10 minutos antes de cada entrenamiento y otro periodo
de enfriamiento de 5 a 10 minutos después. Esto permite que la frecuencia cardiaca
aumente y disminuya gradualmente y previene la sobrecarga muscular.
Se recomienda no contener la respiración al utilizar un aparato. La respiración se debe
mantener en un ritmo adecuado con el nivel de ejercicio que se esté realizando.
Descansar adecuadamente entre los entrenamientos. Se recomienda a los
principiantes empezar con una frecuencia de dos veces por semana y aumentar el
entrenamiento gradualmente.
No “sobre entrenarse”. El inexacto o excesivo entrenamiento puede causar lesiones. En
caso de observar algún desperfecto o anomalía, deberá comunicarse al encargado/a o
al Ayuntamiento.
Ningún abonado/a o usuario/a podrá exceder más de 30 minutos en las máquinas de
ejercicio cardiovascular.
Ningún abonado/a o usuario/a podrá exceder del tiempo recomendado para cada una
de las máquinas.
Se recomienda solicitar un programa de entrenamiento individualizado al monitor/a del
gimnasio, así como pedir asesoramiento sobre cualquier duda que se pueda tener.
Artículo 12.- Personal de la instalación.
El personal a cargo de la instalación del gimnasio tendrá las siguientes funciones:
Apertura y cierre de las instalaciones del gimnasio.
Cuidar que las actividades en el interior se realicen con normalidad
Velar por el buen orden, limpieza y adecuado uso de las instalaciones.
Atender las sugerencias, quejas y reclamaciones que se formulen, transmitiéndolas en
todo caso a la Alcaldía.
Cuantas otras funciones resulten de esta Ordenanza o le fueran encomendadas por la
Alcaldía.
Artículo 13- Infracciones y sanciones.
Se considera como infracción de esta Ordenanza el incumplimiento total o parcial de las
obligaciones o prohibiciones establecidas en la misma.
Cuando de la utilización de las instalaciones del gimnasio municipal, así como la prestación de
los servicios públicos deportivos se desprendan daños materiales causados por el sujeto
pasivo, el mismo estará obligado al reintegro del coste total de los respectivos gastos de
reconstrucción o reparación y al depósito previo de su importe. Si los daños fueran
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Viernes, 17 de febrero de 2023
N.º 0034
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