Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2023-896)
BOP-2023-896 Plan Estratégico de Subvenciones 2023.
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Ayuntamiento de Moraleja
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- Criterios de valoración.
- Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución del
procedimiento de concesiónde la subvencióny el plazo en que será notificadala resolución.
- Plazo y forma de justificación por parte del beneficiario, del cumplimiento de la
finalidad para la que se concedióla subvencióny de la aplicaciónde los fondos percibidos.
- Posibilidadde efectuarpagos anticipadosy abonos a cuenta.
- Medidas de garantía que, en su caso, procedan.
- Compatibilidad o incompatibilidadcon otras subvenciones o ayudas para la misma
finalidad.
- Criterios de evaluación de los posibles incumplimientos de las condiciones
impuestas con motivo de la concesión.
ARTÍCULO9. CONCESIÓN DIRECTA
Los convenios o resoluciones serán el instrumento habitual para canalizar las
subvenciones de concesión directa.
En ellos se regularán las condiciones para la concesión de estas subvenciones, de
conformidadcon lo previsto al respecto en la LGS y en las Bases de Ejecucióndel presupuesto.
CAPÍTULO III. EFECTOS DEL PLAN, PLAZOS PARA SU CONSECUCIÓN, COSTES
PREVISIBLES Y FINANCIACIÓN
ARTÍCULO10. EFECTOS
La aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones no supone la generación de
derecho alguno a favor de los potenciales beneficiarios, que no podrán exigir indemnización
o compensación alguna en caso de que el plan no se lleve a la práctica en sus propios términos.
ARTÍCULO11. PLAZOS
Con carácter general, el plazo de desarrollo de las subvenciones será el que se
establezca en las bases de la convocatoria, en el correspondiente convenio, en el acuerdo de
concesión en su caso, o en el documentoque proceda.
ARTÍCULO12. COSTESPREVISIBLES.
El establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este Plan Estratégico,
requerirá la inclusión de los créditos correspondientes en el presupuesto de este Excmo.
Ayuntamiento de Moraleja, en su caso, de las bases que rijan la convocatoria de subvenciones,
o, en casos específicos, de las Ordenanzas que contengan las bases reguladoras de su
concesión, o el acuerdo que apruebe la concesión directa.
Toda concesión de subvención queda supeditada al cumplimiento del principio de
estabilidadpresupuestaria y de la regla de gasto.
CVE:
BOP-2023-896
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 16 de febrero de 2023
N.º 0033
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