Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2023-896)
BOP-2023-896 Plan Estratégico de Subvenciones 2023.
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Ayuntamiento de Moraleja
Ayuntamiento de Moraleja
Plaza de España, 1, Moraleja. 10840 (Cáceres). Tfno. 927515075/76. Fax: 927515036
ANUNCIO.- Plan Estratégico de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Moraleja 2023.
Mediante Resolución de la Alcaldía de fecha 9 de febrero de 2023, se ha aprobado el
Plan Estratégico de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Moraleja para 2023, el cual se
publica a continuación:
PREÁMBULO
Según la Exposición de Motivos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, una parte importante de la actividad financiera del sector público se
canaliza a través de subvenciones, con el objeto de dar respuesta, con medidas de apoyo
financiero, a demandassociales y económicasde personasy entidadespúblicas o privadas.
Desde la perspectiva económica, las subvenciones son una modalidad importante de
gasto público y, por tanto, deben ajustarse a las directrices de la política presupuestaria,
actualmente orientadapor los criterios de estabilidadpresupuestaria y crecimientoeconómico.
Uno de los principios que rigen esta ley, recogido también en la normativa de
estabilidad presupuestaria, es el de transparencia. Con este objeto las Administraciones
deberán hacer públicas las subvenciones que concedan, y, a la vez, la ley establece la
obligación de formar una base de datos de ámbito nacional que contenga información
relevante sobre todas las subvenciones concedidas.
En esta línea de mejora de la eficacia, la Ley 38/2003, General de Subvenciones
establece, como elemento de gestión e instrumento de dicha mejora, la necesidad de
elaborar en cada Administración Pública un plan estratégico de subvenciones que permita
relacionar los objetivos a alcanzar y los efectos que se pretenden conseguir, con los costes
previstos y su financiación, con objeto de adecuar las necesidades públicas a cubrir mediante
las subvenciones, con los recursos disponibles, y todo ello con carácterprevio a la concesión.
Desde la perspectiva administrativa, las subvenciones son una técnica de fomento de
determinados comportamientos considerados de interés general e incluso un
procedimiento de colaboración entre la Administración pública y los particulares para la
gestión de actividades de interés público.
Existe una gran diversidad de subvenciones de distinta naturaleza, que se conceden
mediante procedimientos complejos, y, por lo tanto, deben ser objeto de un seguimiento y
control eficaces.
Se configura así el plan estratégico como el complemento necesario para articular la
concesión de subvenciones, con respeto a los principios de transparencia y equilibrio
presupuestario.
CVE:
BOP-2023-896
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 16 de febrero de 2023
N.º 0033
Pág. 4982
Ayuntamiento de Moraleja
Plaza de España, 1, Moraleja. 10840 (Cáceres). Tfno. 927515075/76. Fax: 927515036
ANUNCIO.- Plan Estratégico de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Moraleja 2023.
Mediante Resolución de la Alcaldía de fecha 9 de febrero de 2023, se ha aprobado el
Plan Estratégico de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Moraleja para 2023, el cual se
publica a continuación:
PREÁMBULO
Según la Exposición de Motivos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, una parte importante de la actividad financiera del sector público se
canaliza a través de subvenciones, con el objeto de dar respuesta, con medidas de apoyo
financiero, a demandassociales y económicasde personasy entidadespúblicas o privadas.
Desde la perspectiva económica, las subvenciones son una modalidad importante de
gasto público y, por tanto, deben ajustarse a las directrices de la política presupuestaria,
actualmente orientadapor los criterios de estabilidadpresupuestaria y crecimientoeconómico.
Uno de los principios que rigen esta ley, recogido también en la normativa de
estabilidad presupuestaria, es el de transparencia. Con este objeto las Administraciones
deberán hacer públicas las subvenciones que concedan, y, a la vez, la ley establece la
obligación de formar una base de datos de ámbito nacional que contenga información
relevante sobre todas las subvenciones concedidas.
En esta línea de mejora de la eficacia, la Ley 38/2003, General de Subvenciones
establece, como elemento de gestión e instrumento de dicha mejora, la necesidad de
elaborar en cada Administración Pública un plan estratégico de subvenciones que permita
relacionar los objetivos a alcanzar y los efectos que se pretenden conseguir, con los costes
previstos y su financiación, con objeto de adecuar las necesidades públicas a cubrir mediante
las subvenciones, con los recursos disponibles, y todo ello con carácterprevio a la concesión.
Desde la perspectiva administrativa, las subvenciones son una técnica de fomento de
determinados comportamientos considerados de interés general e incluso un
procedimiento de colaboración entre la Administración pública y los particulares para la
gestión de actividades de interés público.
Existe una gran diversidad de subvenciones de distinta naturaleza, que se conceden
mediante procedimientos complejos, y, por lo tanto, deben ser objeto de un seguimiento y
control eficaces.
Se configura así el plan estratégico como el complemento necesario para articular la
concesión de subvenciones, con respeto a los principios de transparencia y equilibrio
presupuestario.
CVE:
BOP-2023-896
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 16 de febrero de 2023
N.º 0033
Pág. 4982