Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mirabel. (BOP-2023-872)
BOP-2023-872 Padrón tasas de Agua, Alcantarillado y Basuras cuarto trimestre de 2022.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Mirabel
EDICTO. Padrón tasas de Agua, Alcantarillado y Basuras cuarto trimestre de
2022.
Resolución de Alcaldía n.º _5/2023_ de fecha 03/02/2023_ del Ayuntamiento de Mirabel por el
que se aprueban el padrón fiscal y las liquidaciones integrantes de este de TASAS DE AGUA,
ALCANTARILLADO Y BASURAS correspondiente al cuarto trimestre de 2022.
Habiéndose aprobado el mencionado padrón fiscal y las liquidaciones integrantes de este, a
efectos de su notificación colectiva, se publica el mismo para su general conocimiento en
cumplimiento de los artículos 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y
24 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de
julio.
Dicho padrón y las liquidaciones integrantes de este, se expondrán al público por un plazo de
veinte días a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín
Oficial de la Provincia, en las dependencias de la Corporación, así como en su sede
electrónica,
http://mirabel.sedelectronica.es
Contra el acto de aprobación del citado padrón y/o las liquidaciones contenidas en este podrá
interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes a contar desde
el día siguiente al de finalización del periodo de exposición pública, de acuerdo con cuanto
establece el artículo 14.2.c) del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre,
General Tributaria, se pone en conocimiento de los/as contribuyentes que el plazo para hacer
efectivas las cuotas individuales, en periodo voluntario, será de dos meses a partir del dia
siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
CVE:
BOP-2023-872
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 15 de febrero de 2023
N.º 0032
Pág. 4901
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Mirabel
EDICTO. Padrón tasas de Agua, Alcantarillado y Basuras cuarto trimestre de
2022.
Resolución de Alcaldía n.º _5/2023_ de fecha 03/02/2023_ del Ayuntamiento de Mirabel por el
que se aprueban el padrón fiscal y las liquidaciones integrantes de este de TASAS DE AGUA,
ALCANTARILLADO Y BASURAS correspondiente al cuarto trimestre de 2022.
Habiéndose aprobado el mencionado padrón fiscal y las liquidaciones integrantes de este, a
efectos de su notificación colectiva, se publica el mismo para su general conocimiento en
cumplimiento de los artículos 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y
24 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de
julio.
Dicho padrón y las liquidaciones integrantes de este, se expondrán al público por un plazo de
veinte días a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín
Oficial de la Provincia, en las dependencias de la Corporación, así como en su sede
electrónica,
http://mirabel.sedelectronica.es
Contra el acto de aprobación del citado padrón y/o las liquidaciones contenidas en este podrá
interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes a contar desde
el día siguiente al de finalización del periodo de exposición pública, de acuerdo con cuanto
establece el artículo 14.2.c) del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre,
General Tributaria, se pone en conocimiento de los/as contribuyentes que el plazo para hacer
efectivas las cuotas individuales, en periodo voluntario, será de dos meses a partir del dia
siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
CVE:
BOP-2023-872
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 15 de febrero de 2023
N.º 0032
Pág. 4901