Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-861)
BOP-2023-861 Convocatoria para la provisión de puestos de trabajo mediante concurso de méritos específico.
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AREA DE PERSONAL, FORMACION Y SEPEI
Acuerdo de Formación Continua en las Administraciones Públicas), Universidades y colegios
profesionales.
FASE 2. Comprobación y valoración de los méritos específicos adecuados a las características
del puesto de trabajo. La valoración de los méritos de esta fase no podrá ser superior a 3 puntos,
ni inferior a 1 punto. Los méritos de esta fase se valorarán según el siguiente baremo:
B.1 Valoración de la experiencia en el desempeño de puestos con funciones correspondientes
a los puestos objeto de esta convocatoria (hasta 1 punto):
Se valorará con 0,05 puntos por cada mes completo trabajado hasta un máximo de 1
puntos, la experiencia en el desempeño de cada uno de los puestos cuyo contenido y/o
especialización coincida con las funciones asignadas a los mismos.
B.2. Elaboración de Memoria que versará sobre las tareas y funciones del puesto de trabajo
(hasta un máximo de 2 puntos):
Para delimitar los conocimientos profesionales y la adecuación para el desempeño del
puesto de trabajo, los/las interesados/as deberán presentar junto con la solicitud su
Currículum profesional y elaborar una Memoria consistente en un análisis de las tareas del
puesto y de los requisitos, condiciones y medios necesarios para su desempeño.
La valoración deberá efectuarse mediante puntuación obtenida con la media aritmética de
las otorgadas por cada uno de los miembros de la Comisión de Valoración, debiendo
desecharse a estos efectos la máxima y la mínima concedidas o, en su caso, una de las
que aparezcan repetidas como tales.
Asimismo, los/las aspirantes expondrán su defensa de la Memoria pudiendo extenderse a
los méritos alegados. Para ello pueden disponer de la misma a los efectos de orientación
para realizar su exposición.
La defensa de la memoria tiene como fin permitir a la Comisión de Valoración verificar los
conocimientos o méritos que haya alegado el/la participante.
La puntuación mínima exigible para adjudicar el puesto será de seis (6) puntos del total de la
valoración de méritos de ambas fases.
A los efectos de valoración de los méritos, tanto generales como específicos, previstos en
las bases de la presente convocatoria, al personal que haya adquirido la condición de funcionario
como consecuencia del proceso convocado mediante Resolución Presidencial de 20 de noviembre
de 2017 (B.O.P. núm. 225, de 27/11/2017) para la adaptación del Personal Laboral Fijo de Plantilla
CVE:
BOP-2023-861
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 15 de febrero de 2023
N.º 0032
Pág. 4876
Acuerdo de Formación Continua en las Administraciones Públicas), Universidades y colegios
profesionales.
FASE 2. Comprobación y valoración de los méritos específicos adecuados a las características
del puesto de trabajo. La valoración de los méritos de esta fase no podrá ser superior a 3 puntos,
ni inferior a 1 punto. Los méritos de esta fase se valorarán según el siguiente baremo:
B.1 Valoración de la experiencia en el desempeño de puestos con funciones correspondientes
a los puestos objeto de esta convocatoria (hasta 1 punto):
Se valorará con 0,05 puntos por cada mes completo trabajado hasta un máximo de 1
puntos, la experiencia en el desempeño de cada uno de los puestos cuyo contenido y/o
especialización coincida con las funciones asignadas a los mismos.
B.2. Elaboración de Memoria que versará sobre las tareas y funciones del puesto de trabajo
(hasta un máximo de 2 puntos):
Para delimitar los conocimientos profesionales y la adecuación para el desempeño del
puesto de trabajo, los/las interesados/as deberán presentar junto con la solicitud su
Currículum profesional y elaborar una Memoria consistente en un análisis de las tareas del
puesto y de los requisitos, condiciones y medios necesarios para su desempeño.
La valoración deberá efectuarse mediante puntuación obtenida con la media aritmética de
las otorgadas por cada uno de los miembros de la Comisión de Valoración, debiendo
desecharse a estos efectos la máxima y la mínima concedidas o, en su caso, una de las
que aparezcan repetidas como tales.
Asimismo, los/las aspirantes expondrán su defensa de la Memoria pudiendo extenderse a
los méritos alegados. Para ello pueden disponer de la misma a los efectos de orientación
para realizar su exposición.
La defensa de la memoria tiene como fin permitir a la Comisión de Valoración verificar los
conocimientos o méritos que haya alegado el/la participante.
La puntuación mínima exigible para adjudicar el puesto será de seis (6) puntos del total de la
valoración de méritos de ambas fases.
A los efectos de valoración de los méritos, tanto generales como específicos, previstos en
las bases de la presente convocatoria, al personal que haya adquirido la condición de funcionario
como consecuencia del proceso convocado mediante Resolución Presidencial de 20 de noviembre
de 2017 (B.O.P. núm. 225, de 27/11/2017) para la adaptación del Personal Laboral Fijo de Plantilla
CVE:
BOP-2023-861
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 15 de febrero de 2023
N.º 0032
Pág. 4876