Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casas del Castañar. (BOP-2023-838)
BOP-2023-838 Bases por las que se regirá la provisión de una plaza de Enfermero/a
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3.- La falta de presentación de la documentación dentro del plazo indicado, excepto en los
casos de fuerza mayor, o cuando de la presentación de los documentos se desprenda el
incumplimiento de los requisitos de la convocatoria, o supuestos de falsedad en la declaración,
dará lugar a la invalidez de las actuaciones del aspirante. En este sentido comportará la nulidad
subsiguiente de los actos del tribunal en cuanto al/a aspirante y la imposibilidad de nombrar
al/a aspirante, sin perjuicio de las otras responsabilidades en que haya podido incurrir.
En este caso la propuesta se considerará hecha en favor de los/as aspirantes, ordenados/as de
acuerdo con la puntuación obtenida que, habiendo superado la totalidad de las pruebas
selectivas, tuvieron cabida en el número de plazas convocadas.
DUODÉCIMA. - NOMBRAMIENTO Y/O CONTRATACIÓN.
1.- Concluido el proceso selectivo quienes lo hubieran superado y aporten la documentación
acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, serán declarados/as
personales laborales fijos, por el/a titular del órgano competente, en el plazo máximo de tres
meses desde la publicación de la relación de aprobados/as y, en todo caso, antes del 31 de
diciembre de 2024.
2.- Los nombramientos se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia. La contratación
(laborales) de los/as aspirantes que hubiesen superado el proceso selectivo se efectuará en el
plazo máximo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de publicación en el
BOP.
Transcurrido el plazo de un mes, los/as aspirantes que no hayan tomado posesión, o
formalizado su contrato, por causas imputables a los mismos, y salvo debida justificación,
perderán todos los derechos adquiridos durante el proceso selectivo quedando anuladas todas
sus actuaciones.
DECIMOTERCERA. - FUNCIONAMIENTO DE LAS BOLSAS DE EMPLEO.
Estas reglas tendrán vigencia hasta la aprobación de un reglamento regulado de bolsas de
empleo.
1.- El órgano competente aprobará la Bolsa de Trabajo comprensiva de las personas incluidas
en la misma, de la puntuación obtenida y del orden de llamamiento en su caso, la cual será
expuesta al público en el Tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento, y en la
web municipal sin que se efectúe notificación personal a ninguno de los/as interesados/as.
CVE:
BOP-2023-838
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 14 de febrero de 2023
N.º 0031
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