Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casas del Castañar. (BOP-2023-838)
BOP-2023-838 Bases por las que se regirá la provisión de una plaza de Enfermero/a
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A.
B.
C.
D.
2.- Criterios de desempate: los empates se resolverán en los siguientes términos:
Mayor número de días de desempeño en la categoría profesional los puestos de
trabajo correspondientes a las plazas objeto de la convocatoria en la administración
convocante. Se tendrán en cuenta el total de días de estos servicios.
De persistir el empate, se atenderá a la mayor antigüedad en la administración
convocante como personal laboral no fijo.
Si aun así persiste el empate se atenderá a la mayor antigüedad en otras
Administraciones Públicas como personal laboral temporal e indefinido no fijo en el
desempeño de plazas de igual denominación.
Por último, por orden alfabético del primer apellido de los/as aspirantes, comenzando
por la letra U, de conformidad con la resolución de 9 de mayo de 2022 de la Secretaría
General para la Administración Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a
que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la
Administración del Estado (publicada en el Boletín Oficial del Estado nº 114, de 13 de
mayo de 2022).
3.- Calificación definitiva y listado de aprobados/as:
La calificación definitiva y el listado de aprobados/as será publicado por el orden de puntuación
alcanzado, con indicación del documento nacional de identidad, así como las notas parciales
de todas y cada una de las fases del proceso selectivo, en el Tablón de Edictos y la Sede
Electrónica del Ayuntamiento.
4.- Limites y Bolsas de Empleo:
El Tribunal no podrá declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de
aspirantes al de plazas convocadas.
No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya propuesto el nombramiento de igual
número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las
mismas cuando se produzcan renuncias de los/as aspirantes seleccionados/as o cuando de la
documentación aportada por los/as aspirantes se deduzca que no cumplen los requisitos
exigidos o por circunstancias sobrevenidas se deduzca la imposibilidad de incorporación de
alguno de los/as aspirantes, antes de su nombramiento o toma de posesión, el Tribunal deberá
realizar una relación complementaria de los/as aspirantes que sigan a los/as propuestos/as
para su posible nombramiento como personal laboral fijo.
CVE:
BOP-2023-838
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 14 de febrero de 2023
N.º 0031
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