Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Vera. (BOP-2023-832)
BOP-2023-832 Aprovechamiento pastos paraje "Labrado del Señor".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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EXCMO. AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE LA VERA
Plaza Aniceto Marinas, 10470 Villanueva de la Vera, Cáceres
sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el pliego. La adjudicación deberá ser
motivada, se notificará a los licitadores y se publicará en el perfil del contratante y en el Tablón de
anuncios municipal.
DUODECIMA.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
La formalización del contrato en documento administrativo se efectuará dentro de los 5 días hábiles
siguientes a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación; constituyendo dicho
documento título suficiente para acceder a cualquier registro público.
El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los
correspondientes gastos.
Cuando por causas imputables al contratista no pudiere formalizarse el contrato dentro del plazo
indicado, la Administración podrá acordar la resolución del mismo, así como la incautación de la
garantía provisional que en su caso se hubiese constituido.
DÉCIMOQUINTA.- PAGO
El pago del importe de adjudicación del contrato será abonado al momento de la formalización del
contrato, sin que pueda llevarse a efecto dicha formalización en caso contrario.
En caso de falta de pago tras el oportuno requerimiento, se entenderá que el licitador ha retirado su
oferta.
DÉCIMOSEXTA.- GASTOS EXIGIBLES AL ADJUDICATARIO
Serán de cuenta del adjudicatario los gastos que se generen como consecuencia de los impuestos y tasas de
toda índole derivadas del contrato, así como los gastos de cuantas licencias, autorizaciones y permisos
procedan.
Estos gastos, cuando debieren ser satisfechos al Ayuntamiento de Villanueva de la Vera, se abonarán en
el mismo momento del pago del canon a que se hace referencia en la cláusula decimoquinta.
DÉCIMOSÉPTIMA.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
El adjudicatario se obliga a:
1. Mantener en buen estado la porción del dominio público utilizado y, en su caso, las obras e
instalaciones que realizare.
2. Cuidado de la charca
3. Cuidado de las instalaciones que están en la finca
4. Cuidado de los vallados.
5. Deberán permitir el uso de la charca por los equipos de extinción de incendios, (si llega el caso)
6. Poner la finca a disposición del Ayuntamiento si este tuviera la necesidad de recuperar la finca por
causas relacionadas con la explotación directa, el desarrollo de programas formativos, el
aprovechamiento maderero etc… La comunicación al arrendatario se hará con 15 días de
antelación y se devolverá proporcionalmente la parte económica que corresponda.
- 4 -
Cód.
Validación:
96FWQ3RYZRZGXTHNKTWNSDT6P
|
Verificación:
https://villanuevadelavera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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7
CVE:
BOP-2023-832
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 13 de febrero de 2023
N.º 0030
Pág. 4665
Plaza Aniceto Marinas, 10470 Villanueva de la Vera, Cáceres
sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el pliego. La adjudicación deberá ser
motivada, se notificará a los licitadores y se publicará en el perfil del contratante y en el Tablón de
anuncios municipal.
DUODECIMA.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
La formalización del contrato en documento administrativo se efectuará dentro de los 5 días hábiles
siguientes a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación; constituyendo dicho
documento título suficiente para acceder a cualquier registro público.
El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los
correspondientes gastos.
Cuando por causas imputables al contratista no pudiere formalizarse el contrato dentro del plazo
indicado, la Administración podrá acordar la resolución del mismo, así como la incautación de la
garantía provisional que en su caso se hubiese constituido.
DÉCIMOQUINTA.- PAGO
El pago del importe de adjudicación del contrato será abonado al momento de la formalización del
contrato, sin que pueda llevarse a efecto dicha formalización en caso contrario.
En caso de falta de pago tras el oportuno requerimiento, se entenderá que el licitador ha retirado su
oferta.
DÉCIMOSEXTA.- GASTOS EXIGIBLES AL ADJUDICATARIO
Serán de cuenta del adjudicatario los gastos que se generen como consecuencia de los impuestos y tasas de
toda índole derivadas del contrato, así como los gastos de cuantas licencias, autorizaciones y permisos
procedan.
Estos gastos, cuando debieren ser satisfechos al Ayuntamiento de Villanueva de la Vera, se abonarán en
el mismo momento del pago del canon a que se hace referencia en la cláusula decimoquinta.
DÉCIMOSÉPTIMA.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
El adjudicatario se obliga a:
1. Mantener en buen estado la porción del dominio público utilizado y, en su caso, las obras e
instalaciones que realizare.
2. Cuidado de la charca
3. Cuidado de las instalaciones que están en la finca
4. Cuidado de los vallados.
5. Deberán permitir el uso de la charca por los equipos de extinción de incendios, (si llega el caso)
6. Poner la finca a disposición del Ayuntamiento si este tuviera la necesidad de recuperar la finca por
causas relacionadas con la explotación directa, el desarrollo de programas formativos, el
aprovechamiento maderero etc… La comunicación al arrendatario se hará con 15 días de
antelación y se devolverá proporcionalmente la parte económica que corresponda.
- 4 -
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