Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2023-748)
BOP-2023-748 Bases Reguladoras de la Convocatoria Pública de Subvenciones destinadas a Asociaciones de Vecinos/as de la Ciudad de Cáceres para el año 2023.
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7.- Según lo dispuesto en los artículos 29.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones y el 27.2 de la Ordenanza General de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de
Cáceres, se establece en estas bases reguladoras que se podrá subcontratar la actividad hasta el
100% de la subvención recibida siempre que la naturaleza del proyecto lo justifique.
BASE TERCERA.- BENEFICIARIOS/AS DE LA SUBVENCIÓN. REQUISITOS.
Podrán concurrir a esta convocatoria las Asociaciones de Vecinos/as que cumplan los
siguientes requisitos:
1.- Que se encuentren legalmente constituidas como Asociaciones de Vecinos/as
(modalidades A y B) e inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento
de Cáceres y que se encuentren activas y en funcionamiento según las determinaciones previstas en
la base Séptima y hayan actualizado los datos según lo previstos en el Reglamento de Participación
Ciudadana y los distritos del Ayuntamiento de Cáceres y en la Ley Orgánica 1/2002, Reguladora del
Derecho de Asociación.
2.- Que cumplan los requisitos para obtener la condición de beneficiario previsto en el
artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
3.- No ser deudor mediante resolución de reintegro de subvenciones de las Administraciones
Públicas.
4.- Que no hayan sido beneficiarios de otra subvención, en régimen de concurrencia
competitiva o directa, del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres o sus Organismos Autónomos para la
misma finalidad.
BASE CUARTA.- SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN.-
1.- Solicitudes y documentación: Para obtener la correspondiente subvención será necesario
presentar la documentación que a continuación se relaciona:
a) Solicitud que se ajustará al formato que figura en el ANEXO I firmada por el
representante Legal de la Entidad.
b) Autorización del solicitante para que el Ayuntamiento de Cáceres obtenga de forma
directa la acreditación de las circunstancias de estar al corriente en sus obligaciones tributarias con la
Administración General del Estado, con la Hacienda Local y con la Seguridad Social a través de
certificados telemáticos (anexo II). El solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento,
debiendo aportar entonces la certificación.
c) Declaración formal según modelo facilitado (Anexo III) de cumplir los requisitos para
obtener la condición de beneficiario previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, de las subvenciones solicitadas o percibidas de otras
Administraciones Publicas o Instituciones públicas o privadas para esa misma actividad y de los
compromisos adquiridos en virtud de lo previsto en la Ordenanza General de Subvenciones del
Excmo. Ayuntamiento de Cáceres.
CVE:
BOP-2023-748
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 9 de febrero de 2023
N.º 0028
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