Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Viandar de la Vera. (BOP-2023-707)
BOP-2023-707 Bases Específicas del puesto Coordinador/a de los Pisos Tutelados, convocado por Concurso de Méritos dentro del proceso extraordinario Estabilización establecido en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
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Ayuntamiento de Viandar de la Vera
SEGUNDA. Requisitos de los/as aspirantes.
2.1. Requisitos generales. Determinados en las Bases Generales.
2.2. Requisitos específicos.
- Los/as aspirantes deberán estar en posesión de, como mínimo, el título de Graduado Escolar
o Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (o titulación equivalente de acuerdo con lo
establecido en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, modificada mediante Orden
EDU/520/2011, de 7 de marzo, por la que se establecen equivalencias con los títulos de
Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo).
- Los/as aspirantes deberán acreditar la cualificación profesional de Atención Sociosanitaria a
Personas Dependientes en Instituciones Sociales establecida en el Real Decreto 1368/2007,
de 19 de octubre, o equivalentes.
TERCERA. Información, difusión y publicidad. Instancias de participación.
3.1 Información, difusión y publicidad. Según las Bases Generales.
3.2. Instancias. Según las Bases Generales, recordando, que según las mismas, en la
instancia deberán relacionarse todos los méritos que se aleguen; y deberá ir acompañada
tanto de las copias simples de los documentos que acrediten los méritos alegados como de
las copias de los documentos que acrediten los requisitos exigidos para este puesto.
En ningún caso se valorarán méritos no alegados en la solicitud/instancia o no acreditados
documentalmente.
CUARTA. Sistema de Selección: CONCURSO DE MÉRITOS
El concurso de méritos tendrá una puntuación máxima total de 20 puntos, dividiéndose en
servicios prestados y otros méritos (formación ocupacional y titulación académica) de
acuerdo con los baremos que figuran a continuación.
A. Servicios prestados: 16 puntos máximo.
Se valorarán los servicios prestados como funcionario/a interino/a, laboral temporal,
cualquiera que sea la modalidad del nombramiento interino/a/contratación temporal o
indefinido/a no fijo/a, hasta la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el BOE,
de acuerdo con el siguiente baremo:
1. Por cada mes de servicios prestados en el Ayuntamiento de Viandar de la Vera como
COORDINADORA DE LOS PISOS TUTELADOS, se otorgará 0,09 puntos hasta un máximo de 16
puntos.
2. Por cada mes de servicios prestados en cualquier Administración Pública en plazas de
igual denominación o similar y del mismo grupo y subgrupo de titulación que el de las plazas
convocadas, se otorgarán 0,02 puntos hasta un máximo de 4 puntos.
B. Otros méritos: 4 puntos máximo.
b.1) Formación ocupacional: máximo 2 puntos.
Se valoran los cursos de formación conforme a lo establecido en las Bases Generales (base
sexta, apartado “Concurso de Méritos”.
La valoración se realizará de acuerdo con el siguiente baremo:
Ayuntamiento de Viandar de la Vera
Avda. de la Constitución, 32, Viandar de la Vera. 10492 (Cáceres). Tfno. 927573631. Fax: 927573743
Cód.
Validación:
3T242N9JWQQM5MW5DD3HK3JL5
|
Verificación:
https://viandardelavera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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3
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BOP-2023-707
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 7 de febrero de 2023
N.º 0026
Pág. 4111
SEGUNDA. Requisitos de los/as aspirantes.
2.1. Requisitos generales. Determinados en las Bases Generales.
2.2. Requisitos específicos.
- Los/as aspirantes deberán estar en posesión de, como mínimo, el título de Graduado Escolar
o Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (o titulación equivalente de acuerdo con lo
establecido en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, modificada mediante Orden
EDU/520/2011, de 7 de marzo, por la que se establecen equivalencias con los títulos de
Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo).
- Los/as aspirantes deberán acreditar la cualificación profesional de Atención Sociosanitaria a
Personas Dependientes en Instituciones Sociales establecida en el Real Decreto 1368/2007,
de 19 de octubre, o equivalentes.
TERCERA. Información, difusión y publicidad. Instancias de participación.
3.1 Información, difusión y publicidad. Según las Bases Generales.
3.2. Instancias. Según las Bases Generales, recordando, que según las mismas, en la
instancia deberán relacionarse todos los méritos que se aleguen; y deberá ir acompañada
tanto de las copias simples de los documentos que acrediten los méritos alegados como de
las copias de los documentos que acrediten los requisitos exigidos para este puesto.
En ningún caso se valorarán méritos no alegados en la solicitud/instancia o no acreditados
documentalmente.
CUARTA. Sistema de Selección: CONCURSO DE MÉRITOS
El concurso de méritos tendrá una puntuación máxima total de 20 puntos, dividiéndose en
servicios prestados y otros méritos (formación ocupacional y titulación académica) de
acuerdo con los baremos que figuran a continuación.
A. Servicios prestados: 16 puntos máximo.
Se valorarán los servicios prestados como funcionario/a interino/a, laboral temporal,
cualquiera que sea la modalidad del nombramiento interino/a/contratación temporal o
indefinido/a no fijo/a, hasta la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el BOE,
de acuerdo con el siguiente baremo:
1. Por cada mes de servicios prestados en el Ayuntamiento de Viandar de la Vera como
COORDINADORA DE LOS PISOS TUTELADOS, se otorgará 0,09 puntos hasta un máximo de 16
puntos.
2. Por cada mes de servicios prestados en cualquier Administración Pública en plazas de
igual denominación o similar y del mismo grupo y subgrupo de titulación que el de las plazas
convocadas, se otorgarán 0,02 puntos hasta un máximo de 4 puntos.
B. Otros méritos: 4 puntos máximo.
b.1) Formación ocupacional: máximo 2 puntos.
Se valoran los cursos de formación conforme a lo establecido en las Bases Generales (base
sexta, apartado “Concurso de Méritos”.
La valoración se realizará de acuerdo con el siguiente baremo:
Ayuntamiento de Viandar de la Vera
Avda. de la Constitución, 32, Viandar de la Vera. 10492 (Cáceres). Tfno. 927573631. Fax: 927573743
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N.º 0026
Pág. 4111