Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guijo de Granadilla. (BOP-2023-691)
BOP-2023-691 Aprobación definitiva Ordenanza municipal reguladora del alumbrado exterior para la protección del cielo nocturno de Extremadura.
24 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Se considerará un sistema de iluminación sostenible aquel en el que la luz se emplea sólo
donde, cuando y como sea necesaria, sin perjuicio de la seguridad de los/as usuarios/as, con la
finalidad de:
a) Promover la eficiencia energética de los alumbrados exteriores mediante el ahorro de
energía, sin perjuicio de la seguridad de los/as usuarios/as.
b) Mantener al máximo posible las condiciones naturales de las horas nocturnas, en
beneficio de los ecosistemas en general.
c) Prevenir y minimizar los efectos del resplandor luminoso nocturno en la visión del
cielo nocturno.
d) Minimizar la intrusión lumínica en zonas distintas a las que se pretende iluminar,
especialmente, en entornos naturales e interior de edificios residenciales y por tanto,
disminuir sus molestias y perjuicios.
e) Adecuar los requerimientos y características técnicas de las instalaciones de
alumbrado exterior a las recomendaciones y normativas vigentes.
f) Salvaguardar la calidad del cielo nocturno y facilitar la visión del mismo como
patrimonio natural, cultural y científico, fomentando su explotación como recurso
económico.
El Ayuntamiento, comprometido en alcanzar un equilibrio social y ambiental, velará por el
cumplimiento de esta ordenanza teniendo en cuenta las competencias y atribuciones que le
confiere la normativa vigente.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Las disposiciones recogidas en la presente ordenanza serán de aplicación a:
1. Las nuevas instalaciones de alumbrado y dispositivos luminotécnicos exteriores, tanto
públicos como privados, en el municipio de Guijo de Granadilla.
2. Las instalaciones existentes, sus modificaciones y ampliaciones, en los términos recogidos
en las disposiciones adicional primera, adicional segunda y transitoria primera.
3. Quedan excluidos del ámbito de aplicación de la presente ordenanza:
a) El alumbrado propio de las actuaciones, infraestructuras e instalaciones militares y de
CVE:
BOP-2023-691
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 7 de febrero de 2023
N.º 0026
Pág. 4003